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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 200 Miercoles, 15 de octubre de 2003 Pág. 12.843

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (499/2003).

Juan Rey Pita, secretario del Juzgado de lo Social nº 3 de A Coruña, da fe y

Certifica: que en este juzgado se siguen autos nº 499/2003 seguidos a instancia de Cristina Segade

Villar y María Jesús Piñeiro Rivadas contra Sastrería López Parga, S.L. y otra sobre despido, en los que ha recaído sentencia en fecha 16-9-2003 que copiada en los particulares necesarios dice así:

«Que estimo la demanda formulada por Cristina Segade Villar y María Jesús Piñeiro Rivadas declaro la improcedencia de sus despidos y condeno a la empresa Carballos Altos, S.L. a indemnizarlas con las cantidades de 5.779,51 euros y 4.816,26 euros respectivamente y a abonarles los salarios de tramitación hasta la fecha de la presente resolución, que asciende a la cantidad de 3.018,67 euros a cada una de ellas, declarando extinguido el contrato de trabajo en fecha de la presente sentencia y absolviendo de la demanda al resto de las demandadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social, debiendo anunciarlo previamente ante este Juzgado de lo Social, en el plazo de cinco días hábiles a partir del día siguiente a su notificación.

Preveniendo a la empresa demandada que para recurrir deberá acreditar haber ingresado en la c/c de consignaciones código 5604.0000.60. 03.0499.03 de Banesto de esta ciudad denominada Cuenta del Juzgado de lo Social número tres el importe de la condena y 150,25 euros en concepto de depósito, requisitos sin los cuales no será admitido a trámite el recurso quedando firme la sentencia.

Así, por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a los autos originales para su notificación y cumplimiento, juzgando lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Sastrería López Parga, S.L. y empresa Neyva, S.L. expido y firmo la presente cédula en A Coruña, 18 de septiembre de 2003.

El secretario judicial

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