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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 198 Lunes, 13 de octubre de 2003 Pág. 12.679

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 7 de octubre de 2003 por la que se convoca certamen de premios al diseño de páginas web, al desarrollo de materiales educativos curriculares en entorno web y a galerías de imágenes en este entorno, dentro del Proyecto Siega.

En el marco actual de la sociedad de la información exista una creciente demanda social, especialmente

en los ámbitos académico y profesional, de recursos educativos multimedia interactivos y de herramientas informáticas que permitan el establecimiento de nuevas vías de información y comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa.

En el comienzo de la exposición de motivos de la Ley orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de calidad de la educación, se dice que «los cambios tecnológicos han transformado las sociedades modernas en realidades complejas, afectadas por un fuerte dinamismo que tiene en el conocimiento y en la información el motivo de desarrollo económico y social». En particular, el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones en el sistema educativo posibilita y facilita este acceso a la información y a la formación.

Por ello, la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, a través de la presente convocatoria y en el marco de las actuaciones que se vienen desarrollando dentro del Proyecto Siega (Sistema de Información de la Educación Gallega), pretende fomentar el desarrollo de materiales educativos que supongan la utilización de herramientas propias de la sociedad de la información en los centros.

A tal fin, y por lo mismo

DISPONGO:

Primero.-Objetivo.

El objetivo de la presente orden es convocar, mediante concurso, un certamen de premios al diseño de páginas web, al desarrollo de materiales educativos curriculares en entorno web de materiales que constituyen el currículo de las enseñanzas no universitarias de planes vigentes o experimentales, y a galerías de imágenes en este entorno.

Segundo.-Modalidades.

Se podrá participar en la presente convocatoria por tres modalidades:

* Modalidad A: diseño y contenidos de páginas web de centros educativos.

* Modalidad B: diseño de materiales educativos curriculares en entornos web.

* Modalidad C: galería de imágenes en entorno web.

Tercero.-Destinatarios.

Modalidad A: equipos de profesorado de centros educativos de titularidad pública y privados concertados, del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma gallega, que impartan enseñanzas contempladas en el artículo 7.3º de la Ley orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de calidad de la educación.

Modalidades B y C: profesorado y alumnado, separada o conjuntamente, que tenga destino o esté matriculado, respectivamente, en estos centros. El profesorado participante en esta convocatoria, a título individual o en grupo, deberá estar en activo e impartiendo enseñanza en los niveles no universitarios.

Cuarto.-Asignación económica.

La cantidad total destinada a premios asciende a 60.000 euros. El pago se hará con cargo a las aplicaciones presupuestarias 07.01.322A.482.0 en cuantía de 24.000 euros y 07.01.322T.482.0 en cuantía de 36.000 euros, respectivamente, de la Consellería

de Educación y Ordenación Universitaria, una vez realizada la retención correspondiente.

Quinto.-Requisitos.

Los proyectos que se presenten por cualquiera de las tres modalidades contempladas, deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Requisitos generales.

* Los trabajos deben ser redactados y presentados en lengua gallega.

* Deberán incluirse toda clase de guías, manuales y algún tipo de apoyo, con instrucciones sencillas y fáciles de seguir.

* El material presentado no podrá incluir publicidad de empresas, productos o servicios comerciales.

* Todos los trabajos presentados individualmente o en grupo deberán ser inéditos y originales. No se podrán presentar trabajos comercializados ni premiados con anterioridad.

* Los proyectos que se presenten en la modalidad A deberán incluir como obligatorios los siguientes contenidos:

-Datos identificativos del centro.

-Enseñanzas que se imparten en el centro.

-Gestión administrativa: horarios, avisos, tablón de anuncios, etc.

* Los materiales presentados por la modalidad A deberán estar publicados en el servidor de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria en el momento de finalizar el plazo de entrega fijado en esta convocatoria. Además, deberá entregarse una copia en soporte magnético (CD-ROM).

* Los materiales presentados dentro de la modalidad B y las galerías de imágenes presentadas dentro de la modalidad C versarán sobre contenidos curriculares de las diferentes áreas y niveles educativos no universitarios, se entregarán por duplicado en soporte magnético (CD-ROM) y estarán realizados con tecnología que permita su visualización en un navegador estándar.

2. Requisitos técnicos.

* Las páginas deberán atenerse a los criterios generales de diseño, navegabilidad y uso que se indican:

-Siempre que sea posible, evitar en el cuerpo del texto las barras de desplazamiento (scroll).

-En todas las páginas debe estar presente un menú que permita el acceso a todos ellos.

-Tener en cuenta la correcta visualización en la mayoría de los navegadores, en sus últimas versiones y sistemas operativos.

-Realizar los interfaces con el objetivo de que su diseño sea visualizado correctamente a partir de la configuración de pantalla de 800x600.

-Recurrir al uso de hojas de estilo en cascada (CSS).

-Mediante iconos o texto debe indicarse a quien navega en qué sección se encuentra, a dónde ir, cómo puede volver a la página principal, etc.

-Debe tenderse a la máxima estandarización y a emplear una simbología unívoca y fácil de comprender.

-A fin de acercar los contenidos a los usuarios, debe hacerse un diseño atractivo, amistoso y funcional de las interfaces.

-Para evitar tiempos de descarga excesivos no se deben recargar las páginas con excesivas imágenes.

-No deberán utilizarse letras mayúsculas, acentos, espacios en blanco u otros caracteres especiales en los nombres de ninguno de los archivos o carpetas incluidos en las aplicaciones, sean éstas páginas htm, imágenes o de cualquier otro tipo.

* Las páginas web se realizarán en formato HTML, siendo su extensión «.html» o «.htm».

* Si las páginas incluyesen componentes multimedia que requiriesen una instalación de módulos adicionales en el navegador, deberá advertirse esto en la página inicial e indicar las instrucciones de descarga, instalación y configuración necesarias.

* Las galerías de imágenes presentadas dentro de la modalidad C cumplirán, además, los siguientes requisitos:

-Un mínimo de 75 imágenes.

-Las imágenes se presentarán en formato JPEG, con un tamaño mínimo de 640x480 píxeles.

-Vendrán presentadas en entorno web, de manera que aparezca una página inicial en la que se incluyan las miniaturas de las fotos y permita el acceso directo a cada una.

-Cada imagen deberá ir acompañada del pie de foto correspondiente, donde aparecerán: la fecha, el motivo representado y, opcionalmente, la aplicación didáctica, etc.

Sexto.-Solicitudes, documentación y plazo de presentación.

1. Solicitudes.

Los participantes que, reuniendo las condiciones exigidas, deseen acceder a esta convocatoria, formularán sus solicitudes por medio de instancias de acuerdo con los modelos que figuran en los anexos.

Las solicitudes podrán presentarse en el registro de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

2. Documentación.

* Modalidad A.

-Solicitud de participación según el modelo del anexo I.

-Declaración firmada por la persona responsable de la página web, según el anexo III de esta convocatoria.

-Aprobación, por parte del Consejo Escolar del centro, de la participación de este en el presente certamen, según el anexo IV.

-Certificado original del secretario del centro, según el anexo V de la presente convocatoria, que acredite que el autor o los coautores están matriculados en él o pertenecen a su plantilla.

* Modalidades B y C.

-Solicitud de participación según el modelo del anexo II.

-Certificado original del secretario del centro o centros de los autores, según el anexo VI, que acredite que éstos son alumnos matriculados en el centro o profesores pertenecientes a su plantilla.

-Declaración firmada por todos los autores del proyecto, según el anexo VII de esta convocatoria.

Los participantes en la modalidad B deberán incluir también una memoria detallada, escrita en formato DIN A4, en la que conste:

-Exposición y descripción de las características técnicas para la utilización de los programas.

-Descripción del procedimiento y medios utilizados.

-Características del software y del hardware necesarios para su utilización.

-Guía detallada.

3. Plazos de presentación.

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la presente orden y finalizará el día 15 de noviembre de 2003.

Séptimo.-Criterios de selección. Comisión de selección.

1. Criterios de valoración. Máximo 100 puntos.

* Modalidad A.

Para la valoración de las páginas presentadas se tendrán en cuenta, tanto la calidad técnica como el contenido educativo de las mismas, de acuerdo con el siguiente baremo:

-Calidad de los contenidos relacionados con la organización del centro y la participación de la comunidad educativa, hasta un máximo de 20 puntos.

-Calidad, secuenciación y desarrollo de actividades y de ejercicios relacionados con las diferentes áreas y asignaturas curriculares, los contenidos transversales y el respeto implícito a los valores constitucionales, hasta un máximo de 50 puntos.

-Calidad técnica de la página web, buena organización de la misma y facilidad de navegación, según se describe en el punto quinto de la presente orden, hasta un máximo de 30 puntos.

* Modalidad B.

Para la valoración de los proyectos curriculares presentados se tendrá en cuenta, tanto la calidad técnica como el contenido educativo de los mismos, de acuerdo con el siguiente baremo:

-Ayuda que presenta a la resolución de problemas didácticos concretos de una asignatura, hasta un máximo de 30 puntos.

-Que proporcione mecanismos de comprensión de los procesos implicados y no intervengan elementos de motivación ajenos al proceso de aprendizaje, hasta un máximo de 25 puntos.

-Facilidad en el manejo, funcionalidad y posibilidad de modificaciones, hasta un máximo de 25 puntos.

-Calidad de la documentación del programa y transferibilidad a los centros educativos, hasta un máximo de 20 puntos.

* Modalidad C.

Se tendrán en cuenta la calidad técnica y el contenido educativo de las galerías de imágenes de acuerdo con el siguiente baremo:

-Aprovechamiento didáctico de las imágenes presentadas, hasta un máximo de 35 puntos.

-Calidad técnica y artística de las fotografías, hasta un máximo de 30 puntos.

-Contribución a una visión global del tema escogido, hasta un máximo de 20 puntos.

-Presentación y facilidad de navegación por la galería a través de la página web índice, hasta un máximo de 15 puntos.

2. Comisión de selección.

Se constituirá una comisión de selección presidida por el secretario general de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria o persona en quien delegue, e integrada por los siguientes miembros:

Vocales:

-El jefe del Área de Sistemas de Información y Comunicaciones.

-Cuatro miembros del personal docente especialistas en nuevas tecnologías.

Secretario: un funcionario de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria.

Una vez finalizado el proceso de selección, el secretario general de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria elevará la propuesta de concesión de los premios al conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria.

La comisión de selección tendrá la facultad de declarar desierto uno, varios o la totalidad de los premios en la propuesta de concesión. De quedar desiertos uno varios premios, su cuantía podrá acumularse a otras categorías. Igualmente, la comisión de selección podrá requerir a los participantes para que aporten las informaciones y aclaraciones que estime oportunas.

La orden de concesión determinará en cada caso los beneficiarios y la cuantía de los premios.

Octavo.-Cuantía de los premios y forma de pago.

Los premios que se podrán otorgar y su cuantía serán los siguientes:

* Modalidad A.

-Equipos de profesorado de escuelas de educación infantil, centros rurales agrupados, centros de educación primaria, centros de educación infantil y primaria y centros públicos integrados:

a) Un primer premio de 3.000 euros.

b) Un segundo premio de 2.500 euros.

c) Un tercer premio de 2.000 euros.

d) Un cuarto premio de 1.500 euros.

e) Un quinto premio de 1.000 euros.

-Equipos de profesorado del resto de centros educativos de enseñanzas no universitarias:

a) Un primer premio de 3.000 euros.

b) Un segundo premio de 2.500 euros.

c) Un tercer premio de 2.000 euros.

d) Un cuarto premio de 1.500 euros.

e) Un quinto premio de 1.000 euros.

* Modalidad B.

-Educación infantil y primaria:

a) Un primer premio de 4.500 euros.

b) Un segundo premio de 3.000 euros.

c) Un tercer premio de 2.000 euros.

d) Un cuarto premio de 1.500 euros.

e) Un quinto premio de 1.000 euros.

-Enseñanza secundaria obligatoria y bachillerato:

a) Un primer premio de 4.500 euros.

b) Un segundo premio de 3.000 euros.

c) Un tercer premio de 2.000 euros.

d) Un cuarto premio de 1.500 euros.

e) Un quinto premio de 1.000 euros.

-Ciclos formativos y otras enseñanzas:

a) Un primer premio de 4.500 euros.

b) Un segundo premio de 3.000 euros.

c) Un tercer premio de 2.000 euros.

d) Un cuarto premio de 1.500 euros.

e) Un quinto premio de 1.000 euros.

* Modalidad C.

-Profesorado y/o alumnado de escuelas de educación infantil, centros rurales agrupados, centros de educación primaria, centros de educación infantil y primaria y centros públicos integrados.

a) Un primer premio de 600 euros.

b) Un segundo premio de 400 euros.

c) Un tercer premio de 250 euros.

d) Cinco accésit con una cuantía de 150 euros cada uno.

-Profesorado y/o alumnado del resto de los centros educativos de enseñanzas no universitarias.

a) Un primer premio de 600 euros.

b) Un segundo premio de 400 euros.

c) Un tercer premio de 250 euros.,

d) Cinco accésit con una cuantía de 150 euros cada uno.

Los premios concedidos serán incompatibles con cualquier otro tipo de premio, mención o ayuda económica de cualquier índole a la que pudiesen optar los proyectos presentados.

El pago del importe correspondiente a los premios se hará por transferencia bancaria a nombre del autor o autora si el trabajo es individual. En caso de que el trabajo sea colectivo, se establecerá en la solicitud si el pago se ha de hacer al coordinador o a todos los integrantes del grupo, teniendo en cuenta qué porcentaje se distribuirá dentro de éste.

Noveno.-Resolución de la convocatoria.

El plazo máximo de resolución será de seis meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia, entendiéndose desestimadas las solicitudes presentadas en el caso de no resolverse en este plazo.

La propuesta de concesión de premios emitida por la comisión de selección se elevará al conselleiro de

Educación y Ordenación Universitaria, para su resolución y posterior publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el DOG, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno interponer.

Décimo.-Obligaciones del beneficiario.

El beneficiario tiene la obligación de facilitar la información que le sea requerida, además de los programas fuentes con los códigos precisos, textos, imágenes, fuentes tipográficas y recursos multimedia.

Todo este material y documentación quedará en posesión de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, quien se reserva la facultad de publicarlos y difundirlos por los medios que considere adecuados. Asimismo, los autores de los proyectos premiados se comprometen a colaborar con la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria en la adecuación de los trabajos a los criterios que ésta estime oportunos para su difusión y utilización.

Undécimo.-Certificaciones de los trabajos.

La Consellería de Educación y Ordenación Universitaria expedirá las oportunas certificaciones a los participantes en los trabajos premiados o con mención de accésit.

Duodécimo.-Retirada de los materiales no seleccionados.

Los interesados o sus representantes legales podrán retirar la documentación de los trabajos no premiados en la Secretaría General de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria; edificio administrativo San Caetano, en el plazo de 30 días a contar desde la publicación de la resolución del concurso.

Decimotercero.-Recurso.

Contra esta orden se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, según prevé la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final

La presente convocatoria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 7 de octubre de 2003.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria