Por Resolución de 30 de julio de 2003, se convocó la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de responsable de la red de Lugo de esta universidad.
Una vez realizados los trámites reglamentarios y comprobado que no existe ningún aspirante, el rector, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 20 de la Ley orgánica de universidad, resuelve:
Declarar desierta la convocatoria de provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de responsable de la red de Lugo de esta universidad.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su recepción, de conformidad con los artículos 46 y 8.2º a) de la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa, aprobada por la Ley 29/1998, de 13 de julio.
No obstante, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que lo dictó. En este caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente indicado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso administrativo de reposición, al amparo de los artículos 116
y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santiago de Compostela, 24 de septiembre de 2003.
Senén Barro Ameneiro
Rector de la Universidad de Santiago de Compostela
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA (SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO,
SECCIÓN SEGUNDA)