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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 194 Martes, 07 de octubre de 2003 Pág. 12.451

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 26 de septiembre de 2003, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifica la fecha de la convocatoria del segundo examen ordinario para la obtención del carné profesional de instalador electricista de baja tensión en el año 2003.

Antecedentes de hecho.

1. Mediante Resolución de 30 de abril de 2003, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, se convocaron exámenes ordinarios para la obtención de carnés profesionales en el año 2003, entre los que figura el correspondiente a instalador electricista de baja tensión, que debería realizarse el 18 de noviembre.

2. Desde el 18 de septiembre, fecha de entrada en vigor del Reglamento electrotécnico de baja tensión aprobado por el Real decreto 842/2002, de 2 de agosto y su ITC-BT-03, el documento mediante el cual se reconocerá la capacidad personal para desempeñar las actividades de instalador electricista debe ser el certificado de cualificación individual en baja tensión en las categorías básica o especialista.

3. Asimismo, en dicha ITC-BT-03 se indica que para la obtención de cualquiera de los mencionados certificados de cualificación individual en baja ten

sión, las personas físicas deberán acreditar unos conocimientos teórico-prácticos de electricidad, entendiéndose que reúnen dichos conocimientos, entre otros, los técnicos de grado medio con o sin experiencia que realicen un curso de 40 o 100 horas respectivamente, impartido por una entidad de formación autorizada en baja tensión. Asimismo, los aspirantes, en función de su titulación deberán superar un examen teórico o teórico-práctico sobre las disposiciones del reglamento y sus ITC, correspondientes a las categorías en las que se desee obtener la cualificación.

4. Actualmente, en la Comunidad Autónoma de Galicia no existe ninguna entidad de formación autorizada en baja tensión, por lo que no se pudieron impartir los cursos que acreditan a los técnicos de grado medio los conocimientos teórico prácticos de electricidad.

Fundamentos de derecho.

1. Esta dirección general es competente para resolver en virtud del Decreto 223/2003, de 11 de abril, por lo que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio y se distribuye la competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora entre sus órganos.

2. La orden de la Consellería de Industria y Comercio de 27 de diciembre de 2000 por la que se establece el procedimiento unificado para la obtención de carnés profesionales y exigencias a empresas autorizadas para instalación, mantenimiento y otras actividades en materia de seguridad industrial, atribuye la Dirección General de Industria Energía y Minas la competencia

para realizar mediante resolución la convocatoria de exámenes para la obtención de los distintos carnés.

En virtud de las citadas competencias,

RESUELVO:

Aplazar la convocatoria del examen ordinario para la obtención del carné profesional de instalador electricista de baja tensión que se debía celebrar el 18 de noviembre del año 2003, que pasa a celebrarse con sujeción las siguientes bases de la convocatoria:

Primera.-Objeto de la convocatoria.

Exámenes teórico y práctico sobre las disposiciones de los reglamentos y sus ITC, necesario para la obtención del certificado de cualificación individual en baja tensión en las categorías básica o especialista.

Segunda.-Fechas y lugares de realización de los exámenes. Tribunales cualificados.

2.1. Los exámenes se realizaran en las cuatro provincias. Las pruebas comenzarán a las nueve horas en los locales que se indicarán en las listas definitivas de admitidos y excluidos a las que se refiere la base sexta da Resolución de 30 de abril de 2003, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se convocan exámenes ordinarios para la obtención de carnés profesionales en el año 2003.

2.2. Los miembros de los tribunales calificadores así como las fechas y hora de cada una de las categorías serán los que se indican a continuación.

* Categorías básicas

Examen teórico: día 12 de febrero de 2004, a las 9.00 horas.

Examen práctico: día 12 de febrero de 2004, a las 12.00 horas.

* Categoría especialista

Examen teórico: día 19 de febrero de 2004, a las 9.00 horas.

Examen práctico: día 19 de febrero de 2004, a las 12.00 horas.

Tribunal nº 5

Presidente: Carlos Gómez Martínez.

Suplente: Juan Luis Ecenarro Tomé.

Secretaria: Agustina de la Cruz da Rocha.

Suplente: Isabel Álvarez Janeiro.

Vocal A Coruña: Julián Lucas Ramírez.

Vocal suplente: Roberto Osé Otero.

Vocal Lugo: Alberto Mena Rodríguez.

Vocal suplente: Juan Carlos Martínez Suárez.

Vocal Ourense: Juan R. Velasco González.

Vocal suplente: Alfonso Tomás Paz Dóniz.

Vocal Pontevedra: José Antonio González Cerreda.

Vocal suplente: Eugenio Fernández Piñeiro.

2.3. El tribunal calificador correspondiente resolverá cuantas incidencias se susciten en el campo de la presente convocatoria. A los efectos de comunicación y demás incidencias, los tribunales tendrán su sede en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio de la Xunta de Galicia.

2.4. Los miembros de los tribunales percibirán las indemnizaciones correspondientes según lo establecido en el Decreto 299/1990, de 24 de mayo, modificado por el Decreto 21/1994, de 4 de febrero.

Tercera.-Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a la realización de las pruebas, los aspirantes deberán reunir los requisitos establecidos en el apartado 4.2º de la ITC-BT-03.

Esos requisitos deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Cuarta.-Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes para la realización de los exámenes objeto de esta resolución, comenzará el día 7 de enero de 2004 y finalizará el 23 del mismo mes.

Quinta.-Desarrollo de los exámenes.

5.1. Los exámenes teóricos y prácticos correspondientes a cada categoría se desarrollarán en el mismo día, en las fechas y horas que se recogen en la base segunda de esta resolución. Los que por su titulación necesiten superar la prueba teórico-práctica a que se refiere e apartado 4.2.c.1 de la ITC-BT03, deberán examinarse del examen teórico y del práctico. Los que necesiten superar la prueba práctica, se examinarán exclusivamente del examen práctico.

Examen teórico: consistirá en la resolución de un cuestionario propuesto por el tribunal sobre las materias reglamentarias establecidas para cada categoría.

Examen práctico: consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos establecidos para cada categoría. En estos ejercicios los candidatos podrán utilizar el correspondiente reglamento técnico.

5.2. Para la realización del examen los candidatos deberán ir provistos de su documento nacional de identidad o de cualquiera que acredite suficientemente su identidad.

En lo no establecido esta resolución se estará a lo dispuesto en la Resolución de 30 de abril de 2003, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se convocan exámenes ordinarios para la obtención de carnés profesionales en el año 2003, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 88, del 8 de mayo de 2003.

Santiago de Compostela, 26 de septiembre de 2003.

Ramón Ordás Badía

Director general de Industria, Energía y Minas

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES

LABORALES