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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 164 Martes, 26 de agosto de 2003 Pág. 10.905

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO CUATRO DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (660/2001).

Ana María Carrasco García, secretaria del Juzgado de la Social número cuatro de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 660/2001, a instancia de María Teresa Fernández García contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, la empresa Belan Textil, S.L. y la Tesorería General de la Seguridad Social sobre prestaciones, en los que recayó sentencia en fecha 16-7-2003 que, copiada en particulares necesarios, dice así:

«Fallo que, estimando la demanda interpuesta por María Teresa Fernández García contra el Instituto

Nacional de la Seguridad Social, la Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, la empresa Belan Textil, S.L. y la Tesorería General de la Seguridad Social, debo declarar y declaro que la demandante tiene derecho al reconocimiento de la prestación de incapacidad temporal solicitada en demanda, condenando a las demandadas a estar y pasar por la anterior declaración y a la empresa Belan Textil, S.L. como responsable directa de abono de la prestación referida desde el 10-4-2001 y hasta el 28-5-2001. A la mutua demandada, a anticipar el pago de dicha cantidad, desde el decimosexto día de la baja, y hasta su extinción en la cuantía de 450,75 euros, con los aumentos, mejoras, revalorizaciones y efectos económicos correspondientes. Absuelvo al Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación, a anunciar dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, ante este juzgado, del que conocerá, en su caso, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, tal como establecen los artículos 187 y siguientes del texto articulado de la Ley de procedimiento laboral, aprobado por Real decreto legislativo 521/1990, de 27 de abril.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia lo pronuncio, mando y firmo».

E para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Belan Textil, S.L., expido y firmo la presente en A Coruña a 16 de julio de 2003.

A secretaria xudicial

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