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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 150 Martes, 05 de agosto de 2003 Pág. 10.254

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (399/2003).

Yo, Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña, doy fe

y testimonio que en autos seguidos ante este juzgado de lo social, tramitados bajo el número 399/2003, a instancia de Óscar David Pardo Medín contra la empresa SUC Noroeste Servicios, S.L., sobre despido, se dictó la siguiente:

«Sentencia.-En la ciudad de A Coruña, 6 de junio de 2003.

Jorge Hay Alba, magistrado-juez del Juzgado de lo Social número dos de esta ciudad, vió los presentes autos de juicio número 399/2003, seguidos a instancia de Óscar David Pardo Medín, mayor de edad, asistido por el letrado Francisco Valiño Ferreiro, contra la empresa SUC Noroeste Servicios, S.L., que no compareció en los autos, siendo el objeto de la reclamación, despido.

Siguen hechos y fundamentos de derecho.

Decido que estimando la demanda interpuesta por Óscar David Pardo Medín, debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado por la empresa SUC Noroeste Servicios, S.L. y extinguida la relación laboral en la fecha de la presente resolución, condenando a la empresa a que abone al actor la cantidad de 1.781,41 euros en concepto de indemnización más 895, 80 euros por salarios de tramitación.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se les hará saber que contra ella solamente cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándose ante este juzgado en el plazo de cinco días contado a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de la justicia gratuita deberá, al anunciarlo, entregar el justificante acreditativo de consignación de la cantidad objeto de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que en este juzgado tiene abierta en el Banesto de esta ciudad, con el número de cuenta 0030-6349-0000-5603, clave 60, haciendo constar en el ingreso el número del expediente.

Y, asimismo, deberá, en el momento de interponer el recurso, consignar la cantidad de 150,25 euros en concepto de depósito en la clave 65 de la citada cuenta y expediente.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente y juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a la empresa, que tiene su dirección desconocida, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo esta cédula de notificación en A Coruña a cuatro de junio de dos mil tres.

El secretario judicial

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