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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 148 Viernes, 01 de agosto de 2003 Pág. 10.129

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA (SECCIÓN QUINTA)

EDICTO (505/2000).

Francisca Conde Alfonso, oficial en funciones de la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, certifica que en el rollo de apelación civil número 3075/2001, dimanante de cognición 505/2000 del Juzgado de Primera Instancia

número uno de los de Vigo, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, compuesta por los magistrados Victoria Eugenia Fariña Conde, presidenta, José Ferrer González y José Luis Albes López, pronunciaron en nombre del Rey, la siguiente sentencia nº 433/2001.

Vigo, treinta de octubre de dos mil uno.

Visto el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia recaída en los autos de juicio de cognición

número 505/2000, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número uno de Vigo (rollo de sala número 3075/2001), sobre reclamación de cantidad; en el que son partes: como apelante la codemandada Ana María Gandón Menduíña, representada por el procurador José Ramón Curbera Fernández y defendida por el letrado Rodrigo Alonso Seoane, y como apelada la demandante Hermelinda Hermida Santiago, representada por el procurador Manuel Castells López, con la dirección de la letrada Sonia Raviña Castiñeiras, y la codemandada Remedios López Trevín, en situación procesual de rebeldía; siendo ponente José Ferrer González, quien expresa el parecer de la sala.

Siguen los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.

Fallo que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesual de Ana María Gandón Menduíña contra la sentencia dictada en el juicio de cognición número 505/2000 que se sigue en el Juzgado de Primera Instancia número uno de Vigo se confirma ésta en todos sus pronunciamientos, con imposición de las costas de la segunda instancia la parte recurrente.

Contra esta resolución podrá interponerse, en su caso, recurso de casación que deberá prepararse en el plazo de cinco días desde su notificación.

Notifíquese la presente resolución a las partes en la forma establecida en el artículo 248.4º de la Ley orgánica del poder judicial.

Con testimonio de esta resolución, devuélvanse las actuaciones al juzgado de procedencia, por quien se acusará recibo.

Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo de sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos. Siguen las firmas».

Para su notificación en el Diario Oficial de Galicia, con el fin de que sirva de notificación a Remedios López Trevín, en ignorado paradero, expido y firmo el presente edicto en Vigo, veintiuno de noviembre de dos mil uno.

La secretaria

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