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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 146 Miercoles, 30 de julio de 2003 Pág. 9.991

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

ORDEN de 9 de julio de 2003 por la que se declara de interés gallego la Fundación Galega do Metal para a Formación, Cualificación e Emprego y se ordena su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

Con fecha de 2 de abril de 2003 fue publicada, en el Diario Oficial de Galicia, la orden de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, de 19 de marzo de 2003, por la que se clasifica como de interés benéfico-social la Fundación Galega do Metal para a Formación, Cualificación e Emprego, adscribiéndola a la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

La fundación tiene por objeto, según el artículo 5 de sus estatutos, el desarrollo de todo tipo de actividades sociolaborales dirigidas al fomento de la formación y cualificación profesional y a la mejora del empleo del sector del metal, sin perjuicio de que pueda desarrollar también actividades intersectoriales. La fundación podrá desarrollar, entre otras, las siguientes actividades:

a) Conseguir el perfeccionamiento y cualificación profesional de los trabajadores y de los empresarios.

b) Impulsar el desarrollo de las relaciones sociolaborales entre los trabajadores y empresarios del sector del metal.

c) Contribuir a la mejora del diálogo social en todos los ámbitos negociales del sector.

d) Fomentar la mejora de las condiciones de seguridad y salud de los centros de trabajo del sector.

Por todo esto, en virtud de las competencias que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, y según lo establecido en el artículo 8 de la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, y el artículo 32.3º a) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego,

DISPONGO:

Primero.-Declarar de interés gallego la Fundación Galega do Metal para a Formación, Cualificación e Emprego, al cumplir sus estatutos las prescripciones que, a tal efecto, señala la vigente legislación en materia de fundaciones de interés gallego.

Segundo.-Ordenar la inscripción de la Fundación Galega do Metal para a Formación, Cualificación e Emprego, en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales, a los efectos constitutivos que señala el artículo 8 de la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre.

Tercero.-Dicha fundación queda sometida a lo dispuesto en el resto de la normativa de general aplicación, en especial, a la obligación de dar publicidad suficiente a sus actividades y a la ausencia de ánimo de lucro en la prestación de sus servicios, quedando obligada ante el protectorado a rendirle cuentas anualmente y justificar, a través de una memoria anual, el cumplimiento de las cargas fundacionales, así como a presentarle el proyecto de presupuesto con anterioridad al inicio del ejercicio económico para el que se formula, y debiendo solicitar las preceptivas autorizaciones cuando sean necesarias.

Santiago de Compostela, 9 de julio de 2003.

María José Cimadevila Cea

Conselleira de Asuntos Sociales, Empleo

y Relaciones Laborales