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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Lunes, 28 de julio de 2003 Pág. 9.898

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA Y COMERCIO

ORDEN de 17 de julio de 2003 por la que se convoca el Premio Antonio Casares y Rodrigo de Investigación Científico-Técnica y el Premio para Investigadores Jóvenes (área científico-técnica) correspondientes a los Premios Galicia de Investigación 2003.

El Decreto 202/1998, de 25 de junio, modificado por los decretos 138/1999 y 177/2002, de 7 y 10 de mayo respectivamente, crea los Premios Galicia de Investigación para recompensar el trabajo de investigadores prestigiosos realizado desde Galicia, por gallegos y en pro de Galicia para estimular a los investigadores jóvenes y para favorecer el reconocimiento social de su labor, así como el papel da investigación como promotora de desarrollo a través de la innovación empresarial.

El Decreto 223/2003, de 11 de abril, por el que se regula la estructura orgánica de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio y se distribuye la competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora entre sus órganos, establece que la gestión del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica (PGIDIT 2002-2005) es competencia de la Dirección General de Investigación y Desarrollo. Dicho plan incluye en sus programas horizontales, entre otras, diversas acciones de sensibilización social en las que se encuadran los Premios de Investigación e Innovación.

Por lo que antecede, esta consellería

DISPONE:

Artículo 1º

Convocar el Premio Antonio Casares y Rodrigo de Investigación Científico-Técnica correspondiente al año 2003, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.-El premio estará dotado con 37.000 euros que se abonarán con cargo a la partida presupuestaria 08.05.432A.480.0 del presupuesto de gastos de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, para el año 2003, así como un diploma acreditativo y un medallón esculpido en bronce, con la efigie y el nombre de Antonio Casares y Rodrigo en el anverso y con la inscripción «Premio Galicia de Investigación Científico-Técnica 2003. Xunta de Galicia» y el nombre del galardonado en el reverso.

Segunda.-Podrán optar al premio Antonio Casares y Rodrigo de Investigación Científico-Técnica aquellas personas que vengan realizando investigación, al menos desde hace quince años en el área

científico-técnica y que se encuadren en alguno de los siguientes puntos:

a) Los investigadores adscritos a centros públicos o privados de investigación situados en Galicia.

b) Los investigadores gallegos no vinculados a centros situados en Galicia.

c) Los investigadores que, no estando incluidos en ninguno dos apartados anteriores, abordasen temas directamente relacionados con Galicia.

Tercera.-Para concurrir El premio, los candidatos serán propuestos por alguna institución académico-científica, pública o privada, con personalidad jurídica propia, o estarán avalados, al menos, por diez investigadores del área, en el caso de que concurran por iniciativa propia.

Cuarta.-Las candidaturas, formalizadas en el modelo oficial que se publica como anexo I a la presente orden (y también a la disposición de los interesados en Internet en las direcciones: http://www.sxid.org y http:// www.xunta.es/conselle/in ), irán acompañadas de la siguiente documentación:

a) Currículum vitae completo del candidato (por septuplicado).

b) Breve memoria en la que se justifica que el trabajo do candidato le hace acreedor al premio (por septuplicado).

c) Copia de las publicaciones más relevantes, hasta un máximo de diez.

d) Cualquiera otra documentación que se estime oportuna.

Quinta.-Las solicitudes se presentarán hasta el 24 de septiembre de 2003 en el registro de la Dirección General de Investigación y Desarrollo, Xunta de Galicia, situada en la calle de los Feáns, 7 local C, 15706, Santiago de Compostela, o por cualquiera de los procedimientos previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Sexta.-El jurado será nombrado por el conselleiro de Innovación, Industria y Comercio y estará formado por siete expertos en el área, de los que uno actuará como presidente. Tres de ellos podrán ser propuestos por las universidades del Sistema Universitario de Galicia, uno por cada una. Otro por las otras instituciones académico-científicas galle

gas competentes en el área. Los restantes por la Dirección General de Investigación y Desarrollo, que también propondrá un funcionario que ejercerá las funciones de secretario sin derecho a voto. El jurado elaborará su propuesta teniendo en cuenta la relevancia de las contribuciones realizadas en el área por los candidatos presentados.

Artículo 2º.-Se convoca el Premio de Investigación Científico-Técnica para investigadores jóvenes correspondiente a la convocatoria de 2003, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.-El premio estará dotado con 6.100 euros, con cargo a la partida presupuestaria 08.05.432A.480.0 del presupuesto de gastos de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio para el año 2003, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, así como un diploma acreditativo.

Segunda.-Podrán concurrir a este premio los investigadores que puedan encuadrarse en alguno de los apartados de la base segunda del artículo 1º de esta orden, siempre que no hubiesen transcurrido más de seis años desde la presentación de su tesis de doctorado.

Tercera.-Las solicitudes de los candidatos, formalizadas en el modelo oficial que se publica como anexo II a la presente orden (y también a la disposición de los interesados en Internet en la dirección: http://www.sxid.org y http//:www.xunta.es/conselle/in irán acompañadas de la siguiente documentación:

a) Currículum vitae completo (por septuplicado).

b) Breve memoria justificativa de que el trabajo del candidato le hace acreedor al premio (por septuplicado).

c) Copia de las publicaciones más relevantes, hasta un máximo de cinco.

d) Cualquier otra documentación que se estime oportuna.

Cuarta.-El plazo y lugar de presentación de las solicitudes serán los establecidos en la base quinta del artículo 1º de esta orden.

Quinta.-Actuará como jurado lo establecido en la base sexta del artículo 1º de esta orden, que elaborará su propuesta en atención al esfuerzo y la creatividad de los candidatos presentados.

Artículo 3º.-Los premios podrán ser declarados desiertos. Los jurados adoptarán sus acuerdos por mayoría simple, dirimiendo el voto de calidad del presidente en el caso de empate. Los acuerdos de los jurados serán inapelables. Los jurados trasladarán sus propuestas a la Dirección General de Investigación y Desarrollo, que, a su vez, las elevará al conselleiro de Innovación, Industria y Comercio para su resolución definitiva. La resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, será publicada en el Diario Oficial de Galicia.

Artículo 4º.-Los premios objeto de esta convocatoria, una vez resueltos, serán entregados en acto público que se anunciará oportunamente.

Artículo 5º.-La convocatoria, sus bases y todos cuantos actos administrativos se deriven de ella, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Artículo 6º.-A los efectos establecidos en los artículos 42.2º y 43.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, el plazo máximo para resolver las solicitudes correspondientes será de seis meses, contados desde la fecha de publicación de esta convocatoria, dictándose resolución expresa con respecto a la dicha línea de ayudas.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de julio de 2003.

Juan Rodríguez Yuste

Conselleiro de Innovación, Industria y Comercio

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES

LABORALES