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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 136 Martes, 15 de julio de 2003 Pág. 9.436

III. OTRAS DISPOSICIONES

INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA

RESOLUCIÓN de 7 de julio de 2003 por la que se modifica el programa de préstamos para financiar producciones audiovisuales en la Comunidad Autónoma de Galicia.

La experiencia alcanzada hasta el momento por el Igape en su programa de préstamos para financiar producciones audiovisuales en la Comunidad Autónoma de Galicia iniciado en mayo de 2002, junto con las necesidades manifestadas por los diferentes agentes del sector audiovisual gallego, llevan a considerar la posibilidad de extender el alcance de dicho programa de forma que se puedan beneficiar del mismo producciones audivisuales con impacto en la actividad económica de nuestra comunidad que, por no cumplir los requisitos establecidos en el programa, no tenían acceso a esta fuente de financiación.

De acuerdo con el programa actual, pueden solicitar préstamos para la financiación de producciones audiovisuales aquellas empresas que, entre otros requisitos, estén domiciliadas en Galicia y participen mayoritariamente en el proyecto, o que, participando en un mínimo del 20% en la producción, desempeñen la producción ejecutiva de la misma. La experiencia nos muestra que es cada vez más frecuente la ejecución de estos proyectos mediante diferentes fórmulas de cooperación entre empresas del sector, en las que, en ocasiones, no existe una empresa con posición mayoritaria en el proyecto o una única empresa que desempeñe la totalidad de la producción ejecutiva. Así, se observa que en ocasiones las empresas gallegas tienen una participación relevante en el proyecto pero no mayoritaria, o que comparten con otros participantes en el proyecto las tareas propias de la producción ejecutiva. En estos casos se pueden encontrar proyectos coproducidos por empresas gallegas con empresas no gallegas

que, sin cumplir la empresa gallega los requisitos de participación mayoritaria o producción ejecutiva mencionados, pueden presentar un interés especial para el desarrollo del sector audiovisual gallego, junto con un impacto directo en la actividad económica de nuestra comunidad autónoma derivado de las actividades económicas que para la elaboración de la producción se ejecuten en Galicia y con inputs de nuestra comunidad.

Por este motivo, se considera oportuno extender los beneficios de este programa a empresas gallegas con participación no mayoritaria en una producción audiovisual reduciendo dichos beneficios de modo proporcional a su porcentaje de participación en la producción objeto de financiación, y siempre y cuando exista un interés para nuestra comunidad autónoma en base a su impacto en la actividad económica de Galicia.

Por último, se añade un párrafo al punto tercero del programa que establece el archivo de las solicitudes que no cumplan condiciones.

Por todo lo anterior, y de conformidad con las facultades que tengo conferidas,

DISPONGO:

Único.-Publicar la siguiente modificación del programa de préstamos para financiar producciones

audiovisuales en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 87, del 7 de mayo de 2002), acordada por el Consejo de Dirección del Igape en su reunión de fecha 4 de julio de 2003:

1. Se modifica el apartado c) del punto segundo, que queda redactado de la siguiente manera:

«c) Participen mayoritariamente en el proyecto productoras con domicilio social y fiscal en Galicia, o bien, que dichas productoras desempeñen la producción ejecutiva, siempre que en este caso participen como mínimo en un 20% de la producción. Excepcionalmente, también podrán solicitar préstamos las productoras con domicilio social y fiscal en Galicia, que aunque no mayoritariamente, participen en una producción audiovisual que tenga interes por su impacto en el sector audiovisual de la Comunidad Autónoma de Galicia. En este último caso se ajustará el importe del préstamo al porcentaje de su participación en la producción».

2. Se añade el siguiente párrafo al punto tercero:

«Aquellas solicitudes que no reúnan las condiciones establecidas en este programa serán archivadas sin más trámite por la Dirección General del Igape, dando comunicación al solicitante».

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 7 de julio de 2003.

Margarita Rodríguez Rama

Directora general del Instituto Gallego

de Promoción Económica

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES

Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA