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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 127 Miercoles, 02 de julio de 2003 Pág. 8.793

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO DIEZ DE A CORUÑA

EDICTO (25/2002-CH).

Enriqueta Roel Penas, secretaria del Juzgado de Primera Instancia número diez de A Coruña.

Certifico: que en los autos seguidos en este juzggado a instancia de Pilar Ares Soto, contra Ángel Pardo Rodríguez, sobre demanda de separación contenciosa número 25/2002-CH, se ha dictado sentencia de fecha 6 de junio de 2003, y para su notificación al demandado rebelde Ángel Pardo Rodríguez, se acordó librar el siguiente edicto, que contiene literalmente el encabezamiento y parte dispositiva de la misma:

Vistos por Ángel Barrallo Sánchez, magistrado-juez del Juzgado de Primera Instancia número diez de A Coruña y su partido, los presentes autos de separación contenciosa seguidos en este juzgado con el núm. 25/2002-CH a instancia de María del Pilar Ares Soto representada por el procurador José Amenedo Martínez y defendida por el letrado Jorge Fernández-Chao González, siendo parte demandada Ángel Pardo Rodríguez en situación de rebeldía procesal. Parte dispositiva: que estimando la demanda interpuesta por el procurador José Amenedo Martínez, en nombre y representación de María del Pilar Ares Soto, contra Ángel Pardo Rodríguez, en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro la separación del matrimonio constituido por Ángel Pardo Rodríguez y María del Pilar Ares Soto, celebrado en A Coruña, el 31 de agosto de 1986 con todos los efectos legales inherentes a tal pronunciamiento sin imposición de costas. Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que

contra la misma cabe interponer recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este mismo juzgado en el término de cinco (5) días desde su notificación.

Y para que conste, y sirva de notificación al demandado rebelde Ángel Pardo Rodríguez en ignorado paradero, extiendo el presente en A Coruña, diez de junio de dos mil tres.

La secretaria judicial

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