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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Miercoles, 11 de junio de 2003 Pág. 7.601

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

CÉDULA de 14 de mayo de 2003, de la Secretaría General de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, por la que se notifica la resolución del recurso de alzada número U-2003/0008, interpuesto contra la Resolución de 31 de octubre de 2002.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica al interesado, con el último domicilio conocido en O Monte,

Deiro, Vilanova de Arousa-Pontevedra, la resolución del recurso de alzada número U-2003/0008, contra la resolución del director general de Urbanismo, de fecha 31 de octubre de 2002, cuya parte dispositiva dice:

En su virtud,

RESUELVO:

Desestimar el recurso de alzada (expediente número U-2003/0008) interpuesto por María Dolores Mouta Portas, contra la resolución dictada en fecha 31 de octubre de 2002 por el director general de Urbanismo,

por la que se le impone a Dolores Mouta Portas una multa coercitiva por importe de 3.005,06 euros como consecuencia de incumplir lo ordenado en la resolución del director general de Urbanismo de 11 de julio de 2002 (demolición de la vivenda unifamiliar declarada ilegal) -advirtiéndole que de no hacer efectivo el importe de la multa en el plazo previsto en el artículo 20 del Reglamento de recaudación se procederá por la vía de apremio- y se le requiere nuevamente para que proceda en el plazo de un mes a cumplir la orden de demolición y restitución de las cosas a su estado anterior, advirtiéndole que, en caso de incumplimiento de la orden de demolición en el nuevo plazo concedido, se procederá a su ejecución forzosa mediante la imposición de nuevas multas coercitivas o, en su caso, mediante su ejecución subsidiaria; resolución que se confirma.

Se le apercibe de que, en el caso de incumplimiento de la orden de demolición, se procederá, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54.3º RDU, a la ejecución forzosa mediante la imposición de multas coercitivas reiterables hasta lograr la ejecución por el sujeto obligado, en cuantía que oscilará entre las 50.000 (300,51 euros) y las 500.000 pesetas (3.000,06 euros), en función de las circunstancias concurrentes y del coste estimado de las actuaciones necesarias para restaurar la legalidad, o mediante la ejecución subsidiaria a cargo del interesado.

Contra esta resolución, que se transcribe definitiva en vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1º de la citada Ley 29/1998.

Y para que conste y sirva de notificación a los interesados, firmo y sello la presente cédula.

Santiago de Compostela, 14 de mayo de 2003.

José Antonio Fernández Vázquez

Secretario general de la Consellería de Política

Territorial, Obras Públicas y Vivienda