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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 110 Lunes, 09 de junio de 2003 Pág. 7.413

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 2 de junio de 2003 por la que se regulan y protegen los datos de carácter personal existentes en la Dirección General de la Función Pública de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública de la Xunta de Galicia.

El artículo 20 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (BOE nº 298, de 14 de diciembre), especifica que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones públicas sólo podrán hacerse mediante la disposición general correspondiente.

En su virtud, esta Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública de la Xunta de Galicia

DISPONE:

Primero.-Mediante la presente orden se crea el fichero especificado en el anexo, que contiene la información exigida en el artículo 20.2º de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal para las disposiciones de creación de los ficheros.

Segundo.-El titular del órgano responsable de estos ficheros adoptará las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando su confidencialidad, y los derechos y obligaciones reconocidos en la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Tercero.-Los datos de carácter personal, registrados en los ficheros de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, a los que se refire el anexo sólo serán utilizados para los fines expresamente previstos y por personal debidamente autorizado.

Cuarto.- Los datos sólo podrán ser cedidos en los supuestos expresamente previstos por la ley.

Disposición adicional

En caso de cesiones de los datos a los servicios de estadística de las Administraciones públicas se estará, además, a lo dispuesto en la normativa vigente sobre materia estadística.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor al día seguinte de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 2 de junio de 2003.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública

ANEXO

Ficheros de nueva creación responsabilidad de la Dirección General de Función Pública.

RCP, Registro Central de Personal.

a) Finalidad del fichero y uso previsto: registro de personal de la Xunta de Galicia orientado a agilizar, racionalizar e informatizar la gestión de los recursos humanos.

b) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal:

Personal funcionario, interino y personal laboral que presta servicios en la Xunta de Galicia.

Personal que solicita su inclusión en las listas de contratación temporal de la Xunta de Galicia.

Personal que opta a la condición de personal funcionario o laboral a través de cualquiera de los procesos selectivos convocados por la Xunta de Galicia.

Personal con derecho al reparto del Fondo de Acción Social de la Xunta de Galicia.

c) Procedimiento de recogida de datos: formularios, cupones o transmisiones electrónicas de datos vía Internet.

d) Estructura básica del fichero: base de datos.

-Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección (postal, electrónica) y teléfono.

-Datos de características personales: fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad y sexo.

-Datos académicos y profesionales: cursos de formación y titulaciones académicas.

-Datos relativos al empleo: cuerpo/escala, categoría profesional, grado, puestos de trabajo desempeñados, situación administrativa, historial del trabajador, antigüedad.

e) Cesión de datos: a los tribunales encargados de resolver los procesos selectivos se cederán aquellos datos relativos al persoal que opta al cuerpo, escala o categoría profesional que les corresponde juzgar.

f) Órgano responsable del fichero: la Dirección General de la Función Pública, encuadrada en la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública de la Xunta de Galicia.

g) Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de datos obrantes en el fichero podrán ejercerse, en su caso, ante la unidad o dependencia responsable del fichero, sita en el edificio administrativo San Caetano, s/n, 15704 Santiago de Compostela.

h) Medidas de seguridad: nivel básico. Las medidas de seguridad por las que se regirá este fichero están especificadas en el documento de seguridad de la Dirección General de Organización y Sistemas Informáticos.