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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 109 Viernes, 06 de junio de 2003 Pág. 7.326

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2003 por la que se resuelve definitivamente el concurso de traslados entre funcionarios docentes de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional, profesores de escuelas oficiales de idiomas, catedráticos y profesores de música y artes escénicas, profesores y maestros de taller de artes plásticas y diseño.

Resueltas las reclamaciones y renuncias producidas a la resolución provisional, y publicadas las vacantes defintivas por Orden de 24 de abril de 2003 (DOG del 12 de mayo), corregida por Orden de 28 de maio de 2003 y de conformidad con lo establecido en la base decimooctava de la orden de esta consellería de 10 de octubre de 2002, por la que se convocaba concursos de traslados entre funcionarios docentes de los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional, profesores de escuelas oficiales de idiomas, catedráticos y profesores de música y artes escénicas, profesores y maestros de taller de artes plásticas y diseño. En su virtud, esta dirección general

DISPONE:

Primero.-Adjudicar destino definitivo en virtud de concurso de traslados a los profesores que figuran en los anexos I, II, III, IV y V en los centros que allí se especifican.

Segundo.-Declarar en situación de expectativa de destino a los profesores que se relacionan en el anexo VI.

Tercero.-De conformidad con lo establecido en la base vigesimoprimera de la Orden de 10 de octubre de 2002, la toma de posesión de los nuevos destinos adjudicados tendrá efectividad administrativa del 1 de septiembre de 2003, por lo que el cese, en los centros anteriores, se expedirá con efectividad del 31 de agosto de 2003.

No obstante, los profesores que obtuviesen destino en este concurso deberán permanecer en sus centros de origen hasta que concluyan las actividades imprescindibles previstas para la finalización del curso.

Cuarto.-Los profesores que, ejerciendo el derecho de retorno, obtuviesen destino en la plaza que poseían con anterioridad al proceso de adscripción regulado por la Orden de 1 de octubre de 1998, a efectos de determinar la antigüedad ininterrumpida en la plaza, en los futuros concursos de traslados, acumularán a los años de servicio que presten en la plaza los desempeñados anteriormente en la misma y los prestados en el centro de adscripción.

Quinto.-A los profesores que obtengan destino desde la situación de suprimido o desplazado o ejerciendo el derecho de retorno, se les hará constar esta circunstancia en la diligencia de toma de posesión.

Sexto.-El profesorado que en virtud de la disposición adicional novena de la Ley orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de calidad de educación se integró en el cuerpo de catedráticos de escuelas oficiales de idiomas o de catedráticos de artes plásticas y diseño, se entiende que se le adjudica o destino definitivo en el nuevo cuerpo en el que se integraron.

Séptimo.-Los profesores participantes en este concurso de traslados que presentasen documentación podrán retirarla ellos mismos o por medio de persona autorizada en el servicio de profesorado de enseñanzas secundaria y especiales de esta consellería (San Caetano, Santiago de Compostela) durante el mes de octubre de 2003.

Octavo.-Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 2 de junio de 2003.

Severino Somoza Gómez

Director general de Personal