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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 104 Viernes, 30 de mayo de 2003 Pág. 7.031

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA Y ASUNTOS MARÍTIMOS

ORDEN de 5 de mayo de 2003 por la que se acuerda la denegación de la prórroga y extinción de diversas concesiones administrativas que amparan los parques de cultivo de moluscos de la zona de O Carril, distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa (Pontevedra).

Vistas las peticiones de prórroga de las concesiones que se citan en el anexo, resulta:

Antecedentes de hecho.

Primero.-Por orden del Ministerio de Comercio de 7 de octubre de 1975 (BOE número 254) se otorgan 930 concesiones administrativas para la instalación de otros tantos parques de cultivo de moluscos en la zona de O Carril, distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, en precario y por un plazo de 10 años, prorrogables a petición de los interesados.

Por Orden de 29 de octubre de 1984 (DOG número 227) se otorga concesión administrativa para instalar un parque de cultivo de almejas y berberechos en

el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, a favor de Ventura Vidal Longa, con una superficie de 500,50 metros cuadrados.

Por Orden de 18 de octubre de 1976 (BOE número 234) se otorga concesión administrativa para instalar un parque de cultivo de almejas y berberechos en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, a favor de José Otero Berride y Ramón Abelenda Baños, con una superficie de 14.065 metros cuadrados.

Segundo.-Mediante Decreto 158/1991, de 16 de mayo, se declara de interés marisquero y urgente ejecución la revisión y reordenación de los citados parques de cultivo, con el objeto de proceder a una regularización de la situación de hecho existente, a la revisión de las circunstancias de titularidad de los parques y a la oportuna reordenación que adecue su situación y superficie a una explotación más racional de los recursos.

Tercero.-Aprobada la fase de revisión del citado proceso por resolución de la Dirección General de Marisqueo y Acuicultura de fecha 26 de diciembre de 1995, es necesario proceder al inicio de la fase de reordenación, de la cual surgirán las nuevas concesiones, para lo que resulta inexcusable desestimar, en este momento del proceso, tales peticiones de prórroga.

Fundamentos jurídicos.

Primero.-Este órgano es competente para resolver tales peticiones de conformidad con lo dispuesto en el Real decreto 3318/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de pesca y en la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia.

Segundo.-Teniendo en cuenta que el plazo de vigencia de las concesiones administrativas que amparan los citados parques expiró, y que de conformidad con lo dispuesto en el apartado C del artículo 72 de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, las concesiones se extinguirán por el vencimiento del plazo de otorgamiento sin que se solicitara y se concediese prórroga.

Por todo lo anterior, esta consellería, haciendo uso de sus atribuciones y competencias, acuerda denegar las prórrogas solicitadas y proceder de conformidad con el artículo 72 de la Ley 6/1993, de 11 de mayo, a la extinción de las concesiones relacionadas en el anexo a la presente orden.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos, o recurso contencioso-administrativo que se interpondrá en el plazo de dos meses ante la jurisdicción contencioso-administrativa; ambos plazos se contarán desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 5 de mayo de 2003.

Enrique Cesar López Veiga

Conselleiro de Pesca y Asuntos Marítimos

ANEXO

1. Orden de 7 de octubre de 1975 (BOE número 254) por la que se otorgan 930 concesiones administrativas para instalación de otros tantos parques de cultivo de moluscos en la zona de O Carril, distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa.

Parcela nºNombreSuperficie m

164Angustia y Teresa Abuín López749

179Carmen Vilas Caamaño35

185Avelina Domínguez Raño27

237Josefa Torrado España142

238Josefa Encisa Insua170

332Juan González Alonso53

354Juan González Alonso54

368Josefa Encisa Insua69

420Carmen Teijeiro Ramos66

471Manuel Diz Bua224

488Constantino Silva Ramos90

492Constantino Silva Ramos48

499Constantino Silva Ramos554

500Rufino Maneiro Crespo17

554Flora y Oliva Franco Boullosa291

570Antonio Bua Ramos206

626Francisco Dios Rial387

651Juan González Alonso243

715Vicente Berride Teijeiro239

758Domingo Moledo Cancelo960

799Montserrat Abuín Pardo341

810José María Rodríguez Vicente306

831José María Rodríguez Vicente210

892José Maneiro Gómez24

2. Orden de 29 de octubre de 1984 (DOG número 227) por la que se otorga concesión administrativa para instalar un parque de cultivo de almejas y berberechos en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, a favor de Ventura Vidal Longa, con una superficie de 500,50 metros cuadrados.

Parcela nºNombreSuperficie m

Exp. 5449Ventura Vidal Longa500,50

3. Orden de 18 de octubre de 1976 (BOE número 234) por la que se otorga concesión administrativa para instalar un parque de cultivo de almejas y berberechos en el distrito marítimo de Vilagarcía de Arousa, a favor de José Otero Berride y Ramón Abelenda Baños, con una superficie de 14.065 metros cuadrados.

Parcela nºNombreSuperficie m

Exp. 9743José Otero Berride y Ramón

Abelenda Baños

14.065