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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 101 Martes, 27 de mayo de 2003 Pág. 6.824

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

SERVICIO GALLEGO DE SALUD

RESOLUCIÓN de 16 de mayo de 2003, de la División de Recursos Humanos, por la que se formaliza la convocatoria extraordinaria de aspirantes a vinculaciones temporales de duración inferior al año, de personal estatutario en las II.SS. gestionadas por el Servicio Gallego de Salud en la categoría de matronas.

En el pacto suscrito por la Administración sanitaria con las centrales sindicales CIG, CC.OO., UGT, CSI-CSIF y CESM-SATSE sobre selección temporal de diversas categorías de personal en las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud, aprobado por resolución conjunta de la Secretaría General de la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales y la División de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, mediante resolución de la División de Recursos Humanos de 11 de febrero de 2000 (DOG número 39, deL 25 de febrero), se recoge en la Norma general 6 que, en el supuesto de indisponibilidad de aspirantes de una lista de las categorías existentes, podrá formalizarse una convocatoria extraordinaria para la selección de aspirantes.

Se establece en la norma general citada que la relación de aspirantes resultado de esta convocatoria extraordinaria será subsidiaria de la principal y se confeccionará a través de un procedimiento simplificado en el que se valorará exclusivamente la formación académica.

Dada la indisponibilidad de aspirantes del listado, tanto en el turno libre como en el de promoción profesional temporal, en la categoría de matronas en las distintas áreas de gestión del Servicio Gallego de

Salud, que aconseja la formalización de una convocatoria extraordinaria en esta categoría, esta División de Recursos Humanos

DISPONE:

Primero.-Convocar a los aspirantes interesados en presentar su solicitud de inscripción en el listado de la categoría de matronas en todas las áreas de gestión del Sergas. Dicho listado se confeccionará en aplicación de la Norma general 6ª del citado pacto y serán reguladas por las bases contenidas en el mismo. Se aplicarán también las disposiciones que se recogen en esta convocatoria extraordinaria.

Así, en el plazo máximo de 10 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el DOG, los aspirantes deberán presentar la solicitud en el modelo formalizado que se adjunta, acompañando los justificantes de los requisitos exigidos y los méritos de formación académica.

La presentación de las solicitudes resulta requisito imprescindible, en todos los casos, para adquirir la condición de aspirante inscrito en las nuevas listas.

El modelo de solicitud se facilitará en las direcciones provinciales del Sergas, en los centros hospitalarios y en las gerencias de Atención Primaria.

Será preciso que los aspirantes acrediten con documentos originales o copias fotoestáticas compulsadas los requisitos y méritos presentados, en los términos previstos en el baremo que se recoge en la disposición tercera de esta resolución.

Segundo.-Los aspirantes deberán poseer la titulación de diplomado en enfermería, con la especialidad de obstétrico-ginecológica.

Tercero.-El baremo de la formación académica aplicable a esta convocatoria extraordinaria serán los siguientes:

La puntuación máxima posible para cada aspirante por el conjunto de méritos de este apartado será de 2 puntos.

1. Estudios de diplomatura de ATS/DUE, asistencia obstétrica ginecológica (matrona).

a) Por cada matrícula de honra: 1,5 puntos.

b) Por cada sobresaliente: 1 punto.

c) Por cada notable: 0,5 puntos.

La suma de las puntuaciones se dividirá por el número total de materias evaluadas, expresando el cociente con los dos primeros decimales obtenidos.

No se valorarán las materias de idioma, religión, formación política y educación física.

2. Por premio fin de carrera: 0,50 puntos.

Cuarto.-Será absolutamente imprescindible para la admisión y, en su caso, evaluación de los méritos de los aspirantes que se adjunten las certificaciones acreditativas de éstos dentro del plazo de presentación de solicitudes. Cualquier certificación presentada fuera del indicado plazo será rechazada y excluida de la evaluación, salvo que se acredite documentalmente,

junto con la solicitud, que fue solicitada dentro del plazo señalado.

Quinto.-Cada aspirante a los nombramientos solicitará su inclusión en un solo área de gestión sanitaria y serán llamados para vinculaciones de duración previsiblemente inferior al año.

En el supuesto de que, a través de los mecanismos de control, se detectaran duplicidades de solicitudes, serán excluidos inmediatamente los aspirantes incursos en ellas.

Sexto.-Los profesionales que se inscriban en esta convocatoria excepcional figurarán ordenados por la puntuación que resulte de aplicar el baremo recogido en la disposición tercera de esta resolución.

Séptimo.-Los aspirantes que figuren inscritos en el listado en virtud de esta convocatoria extraordinaria serán llamados para vinculaciones temporales de duración inferior al año, por su orden, y de forma subsidiaria con respecto a los aspirantes del listado de la convocatoria formalizada por resolución de esta división de 28 de diciembre de 2001 (DOG nº 13, del 18 de enero de 2002).

Santiago de Compostela, 16 de mayo de 2003.

José Ignacio Lema Piñeiro

Director general de la División de Recursos

Humanos del Servicio Gallego de Salud