Misael León Noriega, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de Oviedo, hago saber que en el procedimiento ejecución 47/2003 de este juzgado de lo social, seguidos a instancias de Fundación Laboral de la Construcción del Principado de Asturias contra la empresa Construesmaca, S.L., sobre ordinario, se ha dictado con fecha 3 de abril de 2003, auto cuya parte dispositiva copiada a su tenor literal, dice:
«Procede acordar la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución por un principal de 617,04 euros más la cantidad de 38,57 euros en concepto de intereses y 61,70 euros en concepto de costas provisionales.
Dese audiencia a la parte actora para que en quince días pueda designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndole que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por el ejecutado en el plazo de diez días por motivos procesales o por defectos de fondo (artículo 551 de la LEC en relación con los 556 y 559 del citado texto legal). Sin perjuicio de su ejecutividad.
Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo, firmado y rubricado María Cristina García Fernández. Doy fe, firmado y rubricado Misael León Noriega».
Y para que le sirva de notificación en legal forma a Construesmaca, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
En Oviedo, 3 de abril de 2003.
El secretario judicial
Rubricado