Visto el expediente de la revisión salarial del convenio colectivo del sector de transporte de viajeros en autobús por carretera, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 17-2-2003, suscrito en representación de la parte económica por Transviac, Transgacar y Anetra y de la parte social por CC.OO.
y CIG el día 12-2-2003, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, existente en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar el depósito del citado acuerdo en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 3 de marzo de 2003.
Elisa Madarro González
Delegada provincial de A Coruña
Revisión salarial del convenio colectivo del sector
de transporte de viajeros en autobús por carretera
Acta.
Asistentes:
Por la parte social.
-Por CIG:
Ernesto López Rei.
Vicente Otero Fernández.
Dictino Losada Vega.
Ángel Galdo.
-Por CC.OO.:
Jose Manuel Lado Lestón.
Por Transviac:
Carlos Botas Piñón.
Fernando Míguez Rey.
Javier García Ruiz (asesor jurídico).
-Por Anetra:
Jesús Lurigados Veiga.
A Coruña, 12 de febrero de 2003.
Reunidos los comparecentes con el objeto de revisar las tablas salariales para los años 2002 y 2003 llegan al siguiente acuerdo:
Único.-Una vez revisadas las tablas salariales, las encuentran conformes. Anexo I y II.