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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 83 Miercoles, 30 de abril de 2003 Pág. 5.469

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2003, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial para el año 2002 y tabla salarial para 2003 del convenio colectivo del sector de carpintería de ribera.

Vista el acta de la revisión salarial para el año 2002 y tabla salarial para el año 2003 del convenio colectivo del sector de carpintería de ribera, con número de código 3600205, que tuvo entrada en esta delegación provincial el día 3-3-2003, suscrita por la comisión negociadora del convenio, en fecha 10-2-2003. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 16 y 17 del convenio colectivo y en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Vigo, 13 de marzo de 2003.

Joaquín Macías Sánchez

Delegado provincial de Pontevedra

Convenio colectivo del sector de carpintería

de ribera de la provincia de Pontevedra

Acta

Asistentes:

CC.OO.: Marcos González Oliveira, Claudio Barreiro García, Alfonso Estévez Otero e José Antonio Leiro Quiroga.

CIG: Alberto Fernández Campo.

UGT: Cándido Comesaña Casal, Ramón Carrera Molares, Ramón Martínez Souto, Marcial Lorenzo Estévez, Ángel Roca García, Ricardo Domínguez González y García Lago.

Representación empresarial: Mario Cardama Barrientos, Ángel Montenegro Montenegro e Concepción Nieto Domínguez.

Secretaria de actas: Marta Iglesias Pereira.

En Vigo, en los locales de la Confederación Provincial de Empresarios de Pontevedra, siendo las diez cuarenta y cinco horas del día diez de febrero de dos mil tres, se reúnen los representantes de trabajadores y empresarios, a fin de constituir la comisión negociadora del convenio colectivo provincial para el sector de carpintería de ribera al objeto de aplicar la cláusula de revisión salarial establecida en el convenio y establecer los festivos de convenio para ajustar la jornada laboral a las 1.768 horas anuales establecidas.

Tras el reconocimiento de las partes en cuanto a su representación, éstas se consideran representantes propios del ámbito geográfico y funcional del convenio, por lo que estando la mesa negociadora representada por la mayoría absoluta de los trabajadores y empresarios de la provincia, se declara formalmente constituida la comisión negociadora.

El artículo 17º.-Revisión salarial, establece que en el caso de que el IPC registrara al 31 de diciembre de 2002 un incremento superior al 2,5%, se efectuará una revisión salarial en el exceso sobre la indicada cifra. El IPC a 31 de diciembre de 2002 registró un incremento del 4%, por lo que deberá efectuarse una revisión salarial del 1,5% que se pagará con efectos de 1 de enero de 2002, resultando la tabla salarial anexa.

Asimismo, las partes negociadoras acuerdan las tablas salariales para el año 2003 según lo establecido en el artículo 16 del convenio colectivo, donde figura un incremento salarial del 1,25% sobre el IPC previsto por el Gobierno.

En lo referente al artículo 15 en materia de días festivos, y después de un intercambio de opiniones, se llega al acuerdo de que la redacción definitiva del apartado 5 del artículo 15 para el presente año 2003, quede de la siguiente manera:

«Artículo 15º.-Jornada.

5. Con vigencia exclusiva para el año 2003, para adaptar la jornada a las 1.768 horas anuales acordadas, los días 2 de mayo, 9 de junio, 8 de septiembre, 13 de octubre, 3 de noviembre y 24 y 31 de diciembre se fijan como festivos de convenio y remunerables a todos los efectos. Además de los días señalados anteriormente, en los ayuntamientos de Arbo, A Lama, A Cañiza, Crecente, Covelo, Dozón, Marín, Mondariz, Mondariz-Balneario, Oia, Salvaterra, Vigo, Vilagarcía y Vilanova de Arousa, por coincidir el festivo local con día no laborable, se fijará un día de acuerdo entre la representación sindical, los trabajadores y la empresa. No obstante lo anterior, los días festivos señalados podrán ser modificados por acuerdo entre la empresa y los trabajadores».

Se acuerda su remisión a la autoridad laboral al objeto de su registro y posterior publicación en el Diario Oficial de Galicia y BOP. Se autoriza a Marta Iglesias Pereira para llevar a cabo las gestiones necesarias. No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las doce horas del día arriba indicado.

ANEXO

Tablas del convenio colectivo de carpintería

de ribera 2003. Revisión

Revisión IPC 2002Tabla 2002 revisada

-General

Encargado0,40228,16

Calafete0,35224,70

Ayudante de calafete0,34424,09

Oficial primera0,37526,28

Oficial segunda0,35224,70

Ayudante0,34424,09

Peón especializado0,34123,87

Peón0,33623,56

Aprendiz 2º año0,29020,30

Aprendiz 1 año0,27119,00

-Sección pintura

Encargado0,37526,28

Oficial primera0,35224,70

Oficial segunda0,34924,44

Ayudante0,34424,09

-Administrativos

Jefe15,6541.095,81

Oficial primera13,805966,37

Oficial segunda11,190783,34

Auxiliar administrativo10,043703,01

Aspirante8,249577,46

-Subalternos

Porteros y almacenistas9,756682,94

Plus de transporte0,0563,97

Desgaste de herramientas0,0231,61

Plus de asistencia0,38526,98

Plus de penoso0,0312,21

Locomoción0,0030,19

Dieta0,31722,21

Media dieta0,15410,41

Dieta con pernocta0,54538,18

Salario total 2003 redon.

-General

Encargado29,08

Calafete25,50

Ayudante de calafete24,87

Oficial primera27,13

Oficial segunda25,50

Ayudante24,87

Peón especializado24,65

Peón24,33

Aprendiz 2º año20,96

Aprendiz 1 año19,62

-Sección pintura

Encargado27,13

Oficial primera25,50

Oficial segunda25,23

Ayudante24,87

-Administrativos

Jefe1.131,42

Oficial primera997,77

Oficial segunda808,80

Salario total 2003 redon.

Auxiliar administrativo725,86

Aspirante596,23

-Subalternos

Porteros y almacenistas705,14

Plus de transporte4,10

Desgaste de herramientas1,66

Plus de asistencia27,86

Plus de penoso2,28

Locomoción0,196

Dieta22,93

Media dieta10,75

Dieta con pernocta39,42