Vista el acta de la revisión salarial para el año 2002, del convenio colectivo del sector de comercio de materiales de construcción y saneamiento, con nº de código 3600345, que tuvo entrada en esta Delegación Provincial de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales el día 11-2-2003, suscrita en representación de la parte económica por la Asociación de Empresarios de Materiales para la Construcción (Asemaco), y de la parte social, por las centrales sindicales UGT y CC.OO., en fecha 28-1-2003. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del convenio colectivo y en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de
Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial,
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Vigo, 10 de marzo de 2003.
Joaquín Macías Sánchez
Delegado provincial de Pontevedra
Convenio colectivo provincial para el sector de comercio de materiales para la construcción y saneamiento de Pontevedra
ACTA
Asistentes:
-Por UGT:
Roberto Puga Hermida.
-Por CC.OO.:
Jorge Carneiro Penedo.
Por Asemaco (Asociación de Empresarios de Materiales para la Construcción):
Gonzalo Vila García.
Andrés Sande Rodríguez.
En Vigo, en los locales de la Confederación de Empresarios de Pontevedra, siendo las 17 horas del día 28 de enero de 2003, se reúne la comisión paritaria del convenio colectivo de comercio de materiales para la construcción y saneamiento de la provincia de Pontevedra, al objeto de proceder a la revisión de la tabla salarial, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8 del texto del convenio.
Constatado el hecho de que según el INE el IPC del año 2002 ha resultado un 4%, siendo, por tanto superior al 2,5% previsto en el artículo 8 del convenio, se procede a revisar la tabla del año 2002 en dicho exceso (el 1,5%) con efectos de 1 de enero de 2002.
Una vez confeccionada dicha tabla, se da lectura a la misma, firmándola las partes en prueba de conformidad, acordando su remisión a la autoridad laboral a los efectos de su posterior publicación en el BOP.
Y no habiendo mas asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 18.30 horas del día arriba indicado, de todo lo cual las partes dan fe.
Tabla de salarios del sector de comercio de
materiales para la construcción y saneamiento
de Pontevedra 2003
Grupo I: ingenieros, licenciados y dirección: Director general de empresa 1,024,87 Titulado de grado superior 921,37
Grupo II: ingenieros técnicos peritos y ayudantes titulados: Gerente de empresa 869,22 Titulado de grado medio 766,09 Delineante-dibujante 600,51
Grupo III: jefes de administración y de taller: Jefe de división 890,22 Jefe de personal, compras y ventas 869,61 Jefe de administración 817,85 Encargado 766,10 Jefe de almacén 714,35
Grupo V: oficiales administrativos: Contable 703,99 Oficial administrativo 683,26 Agente comercial-viajante 662,55 Dependiente 641,87 Operador informático 683,26 Vendedor 683,26 Secretario/a 640,99
Grupo VII: auxiliares administrativos: Auxiliar administrativo 641,87 Auxiliar de caja 590,07 Telefonista 590,07
Grupo VIII: oficiales de 1ª y de 2ª Profesional de oficio de 1ª 641,87 Profesional de oficio de 2ª 600,52 Chófer transporte pesado 1ª 641,87 Chófer transporte ligero 2ª 600,52
Grupo IX: oficiales de 3ª y especialistas: Escaparatista 724,40 Mozo especializado 600,52 Profesional de oficio de 3ª 600,52 Cobrador 590,07
Grupo X: trabajadores de más de 18 años no cualificados: Ayudante 600,52 Personal de limpieza 534,86