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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Miercoles, 16 de abril de 2003 Pág. 4.869

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2003, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se dispone el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa El Pote, S.A.

Visto el expediente de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa El Pote, S.A. que tuvo

entrada en esta delegación provincial el día 28-1-2003, suscrito en representación de la parte económica por la empresa, y de la parte social por el delegado de personal el 24-1-2003, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro registro de convenios colectivos de trabajo, existente en esta delegación provincial, y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar el depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 7 de febrero de 2003.

Elisa Madarro González

Delegada provincial de A Coruña

Acta.

En A Coruña siendo las diez horas del día 24 de enero de 2003 se reúnen Javier Buján Chamorro, delegado de personal de El Pote, S.A., asistido por Nieves Montes Patiño asesora de UGT, en representación de los trabajadores de la empresa.

Y de otra parte, en representación de El Pote, S.A., el letrado Miguel Calderón Acero.

El objeto de la reunión es la revisión de las tablas salariales del convenio del año 2002 y el acuerdo sobre las aplicables en el año 2003.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 del convenio vigente para el año 2002 y visto que el IPC real ha sido del 4% se adopta el acuerdo de actualizar las aprobadas en el convenio con el 0,5% de incremento, según el anexo I de este acta.

Estas tablas tendrán efecto desde el 1 de enero de 2002 por lo que la empresa se compromete a hacer efectivo a los trabajadores los atrasos correspondientes.

Asimismo y sobre las tablas revisadas de 2002 se establecen las de 2003 incrementándose las mismas en un 3% en base al citado artículo.

Las tablas salariales del 2003 se adjuntan a esta acta como anexo II.

Y no habiendo otros asuntos que tratar, se dio por finalizada la reunión a las doce horas, en la fecha indicada.

ANEXO I

Tablas salariales revisadas 2002

CategoríaSalario base mensual 2002 (atrasos)

Director1.025,86 A
Jefe de división911,83 A
Jefe de centro o sucursal796,99 A
Jefe de sección724,90 A
Dependiente614,19 A
Ayudante569,76 A
Oficial 1ª administrativo661,98 A
Oficial 2ª administrativo614,19 A
Auxiliar administrativo579,81 A
Decorador724,90 A
Ayudante decoración y publicidad614,19 A
Escaparatista717,73 A
Montador de escaparates614,19 A
Profesional de oficio de 1ª614,19 A
Profesional de oficio de 2ª596,60 A
Mozo579,81 A
Complemento de transporte60,84 A

ANEXO II

Tablas salariales 2003

CategoríaSalario base mensual 2003Cómputo

anual

Director1.056,64 A17.658,28 A
Jefe de división939,18 A15.778,92 A
Jefe de centro o sucursal820,90 A13.886,44 A
Jefe de sección746,65 A12.698,44 A
Dependiente632,62 A10.873,96 A
Ayudante586,85 A10.141,64 A
Oficial 1ª administrativo681,84 A11.661,48 A
Oficial 2ª administrativo632,62 A10.873,96 A
Auxiliar administrativo597,20 A10.307,24 A
Decorador746,65 A12.698,44 A
Ayudante decoración y publicidad632,62 A10.873,96 A
Escaparatista739,26 A12.580,20 A
Montador de escaparates632,62 A10.873,96 A
Profesional de oficio de 1ª632,62 A10.873,96 A
Profesional de oficio de 2ª614,50 A10.584,04 A
Mozo597,20 A10.307,24 A
Complemento de transporte62,67 A