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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 74 Martes, 15 de abril de 2003 Pág. 4.817

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (501/2002).

Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña, doy fe y testimonio que en los autos seguidos ante este juzgado de lo social, tramitados bajo el número 501/2002, contra la empresa Fogar Gas, S.L. sobre salarios, se dictó la siguiente sentencia:

«Sentencia. En A Coruña, 10 de marzo de 2003. Jorge Hay Alba, magistrado-juez de lo social número dos de esta ciudad, ha visto los presentes autos de juicio nº 501/2002, seguidos a instancia de Rosa Viejo María, mayor de edad, asistida por el letrado José Nogueira Esmorís, contra la empresa Fogar Gas, S.L., que no ha comparecido en los autos, siendo el objeto de la reclamación, salarios.

Siguen hechos y fundamentos de derecho.

Decido que estimando la demanda interpuesta por Rosa Viejo María, contra la empresa Fogar Gas, S.L., debe condenar y condeno a la demandada a que abone a la actora la cantidad de 3.167,45 euros por los conceptos reclamados en la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la referida sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándose ante este juzgado en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de esta sentencia; y en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de la justicia gratuita, deberá, al anunciarlo, entregar el resguardo acreditativo de consignación de la cantidad de 150,25 euros en la cuenta de depósito y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banco Banesto de esta ciudad, con el número de cuenta 0030-6349-0000-5603, clave 65, haciendo constar en el ingreso el número del expediente.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a la empresa Fogar Gas, S.L., de domicilio desconocido, mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo la presente cédula en A Coruña a 10 de marzo de 2003.

El secretario judicial

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