Que en sesión que dicho jurado realizó el día 3 de abril de 2003 se acordó instruir expediente para la clasificación, como vecinal en mano común, del monte que se describe de la siguiente forma:
Ayuntamiento: A Cañiza.
Parroquia: O Couto.
Barrio: Xunqueiras.
Cabida: 3,13 ha. (superficie alegada en la solicitud).
Límites:
Norte: propiedades particulares de Mercedes S. Álvarez, Estrella Álvarez Carreira, Manuela Álvarez Martínez, Castor Domínguez Pérez, Estrella Álvarez Carreira, Mª Teresa Rodríguez Fernández, José Álvarez Vidal, Mª Rosa Álvarez Vidal, José Bouzo Estévez, Joaquín Álvarez, Germán Araújo, Mª Rosa Álvarez Vidal, Antonio Liste Alejandro y Joselina Álvarez Costas.
Sur: Ayuntamiento de Crecente.
Este: río Ribadil.
Oeste: fincas particulares de Mª Lucía Domínguez Alejandro, Joaquín Rodríguez Vázquez, Mª Teresa Rodríguez Fernández y Angelina Fernández Rodríguez.
Descripción:
El monte está poblado por eucaliptos y pinos de diferentes clases de edad.
Lo que se pone en conocimiento de todos los interesados, a efectos de abrir un período de información de un mes de duración contado a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio para que se pueda examinar el expediente y aducir durante este tiempo lo que se estime procedente en relación con los montes de referencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, y en el artículo 23.2º del Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de dicha ley.
Pontevedra, 10 de marzo de 2003.
José Antonio López Rodríguez
Delegado provincial, presidente del Jurado
Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en
Mano Común de Pontevedra
CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES
LABORALES