En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28.5º del Decreto 80/2000, de 20 de mayo, por el que se regulan los planes y proyectos sectoriales de incidencia supramunicipal, esta dirección general dispone que se publique en el DOG, el acuerdo adoptado por el Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día 20 de marzo de 2003, de la que su parte dispositiva es el siguiente texto literal:
«1. Aprobar definitivamente el proyecto sectorial de incidencia supramunicipal denominado parque eólico Serra da Panda.
2. De conformidad con el contenido del Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 5 de diciembre de 2002, por el que se aprueba el Plan Eólico de Galicia como proyecto sectorial de incidencia supramunicipal, el planeamiento de los ayuntamientos de Mañón y Ortigueira queda vinculado a las determinaciones contenidas en el proyecto sectorial que se aprueba».
Santiago de Compostela, 31 de marzo de 2003.
Ramón Ordás Badía
Director general de Industria, Energía y Minas
CONSELLERÍA DE POLÍTICA AGROALIMENTARIA
Y DESARROLLO RURAL