Vista el acta de la revisión salarial para el año 2003 del convenio colectivo del sector de industrias de panificación, con número de código 3600785, que tuvo entrada en esta delegación provincial de la Consellería de Asuntos Sociales, Empleo y Relaciones Laborales, el día 5-2-2003, suscrita en representación de la parte económica por la Asociación Provincial de Empresarios de Industrias de Panificación, y de la parte social, por las centrales sindicales CC.OO, UGT y CIG, en fecha 30-1-2003. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del convenio colectivo y en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia
de trabajo, esta delegación provincial,
ACUERDA:
Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta
delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Vigo, 11 de febrero de 2003.
Joaquín Macías Sánchez
Delegado provincial de Pontevedra
Asistentes:
CC.OO.: Ana Simón
UGT: Ignacio Couñago Lara
CIG: Luciano Villar González (asesor)
Asociación Provincial de Empresarios de Industrias de Panificación (Aproinpa): Cándido Durán Presa (presidente), Luis Rey Vilar (asesor), Antonio Gutiérrez (asesor).
En Vigo y en los locales de la Asociación Provincial de Empresarios de Industrias de Panificación (Aproinpa), siendo las 18 horas del día 30 de enero de 2003, se reúnen las personas que al margen se detallan, como representantes de la comisión mixta negociadora del convenio colectivo provincia sectorial de las industrias de panificación de la provincial de Pontevedra con el fin de tomar el siguiente
ACUERDO:
Se declara constituida la mesa de la comisión mixta negociadora del convenio colectivo del sector de pani
ficación de la provincia de Pontevedra, con los firmantes al margen.
Tras varias deliberaciones sobre el importante incremento del IPC en el ejercicio de 2002, se acuerda establecer, con carácter exclusivo para el ejercicio 2002, pagadero en el primer trimestre de 2003, una paga extraordinaria de 72,12 euros, a fin de compensar los atrasos de convenio entre el 1 de enero de 2002 y el 30 de abril del mismo año, todo ello, en favor del personal afectado al presente convenio, que hubiese estado de alta en el mismo periodo, a jornada completa, prorrateándose en los casos de que hubiese entrado en otra fecha cualquiera distinta del plazo mencionado, su jornada no fuese completa o se le hubieran actualizado los conceptos salariales.
Y no habiendo más asuntos que tratar se da por finalizada la reunión, siendo las 19 horas del mismo día.