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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 70 Miercoles, 09 de abril de 2003 Pág. 4.532

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE ASUNTOS SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2003, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial para el año 2002 y 2003 del convenio colectivo de la empresa Alonarti Envases, S.A.

Vista el acta de la revisión salarial para el año 2002 y 2003 del convenio colectivo de la empresa Alonarti Envases, S.A., con nº de código 3602992 que tivo entrada nesta delegación provincial el día 3-2-2003, suscrita en representación de la parte económica por una representación de la empresa, y de la parte social, por el comité de empresa, en fecha 30-1-2003. De conformidad con lo dispuesto en el

artículo 7 del convenio colectivo y en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Vigo, 7 de febrero de 2003.

Joaquín Macías Sánchez

Delegado provincial de Pontevedra

Acta de revisión salarial para el 2003.

Asistentes:

Empresa: Javier Freitas, Juan Ferradáns.

Trabajadores: Dolores Miguéns Castro, Vanesa Díaz Mariño, Alberto González Docampo, Antonio Rodríguez Crespo, Rubén López Costas.

En Vigo, a las 12 horas del 30 de enero de 2003, se reúnen la representación de la empresa reseñada con el comité de Alonarti Envases, S.A. (centro de Vigo), con la asistencia que al margen se cita y el siguiente:

Orden del día:

1. Revisión salarial de 2002.

2. Incremento salarial del año 2003.

Interviene en primer lugar la representación empresarial, para manifestar que la inflación acumulada a diciembre del año 2002, se ha publicado con un valor del 4%.

Teniendo en cuenta que, según lo pactado en el convenio colectivo, la referencia para realizar una revisión salarial se fijó en el 2,75%, procede realizar una revisión sobre las tablas vigentes a 31-12-2001 del 1,25%. De esta forma, la tabla salarial de 2002, se incrementa hasta el 4,75%, que es el resultado de sumar al 3,5% pactado el 1,25% revisado.

Esta actualización de salarios tendrá efectos sobre los meses de octubre, noviembre y diciembre que son los meses en los que se ha sobrepasado el acumulado de referencia del 2,75%. Se adjunta tabla con los IPC acumulados de cada mes del año 2002.

Se procede a la liquidación de los atrasos por diferencia de esos meses en una paga a finales del presente mes de enero.

A continuación y sobre las tablas así revisadas se aplica el incremento del 2,5% que es el resultado de sumar la previsión de inflación del gobierno para el año 2003 que es del 2% y el 0,5% pactado. Se fija el 2% como porcentaje de referencia a 31-12-2003 para la revisión salarial del presente año y con el mismo sistema.

Se recuerda que según lo pactado y con efectos de enero de 2003, el plus de asistencia y puntualidad pasa a ser un 10% del salario base en lugar del 9%. También el complemento de nocturnidad pasa del 13% al 16% del salario base de las noches efectivamente trabajadas. También se modifica el complemento mínimo de especialistas y oficiales de 3 a 24 euros.

Se adjuntan las nuevas tablas salariales y se acuerda su remisión a la Consellería de Justicia, Interior y Trabajo para su registro.

De igual forma se revisan también los siguientes valores y complementos:

Nuevo valor efectosNuevo valor efectos

octubre 20021-1-2003

Art. 6º j. nocturna18,748 A y 16,979 A 19,217 A y 17,403 A

Art. 12º h. extras 3,003 A y 12,018 A 3,078 A y 12,318 A

Art. 19º a. escolar18,635 A 19,101 A

Art. 20º a. minusvalía130,929 A134,202 A

Se revisa también y de la misma forma los valores del plus de transporte. Una vez vistas las tablas y valores de complementos, se aprueban por ambas partes, comenzando su aplicación en el presente mes de enero de 2003, finalizando la reunión sin más asuntos que tratar.

Año 2003 en euros

Cat.

Categ.

Q

R1/2003

1 año A

1 mes A

R2/2003

1 año A

1 mes A

32Jefe 1ª2476,61639,718

33''3498,06041,505

34''4519,60043,300

35''5541,74045,145

51Of. adm. 1ª1382,53631,878

52''2398,64033,220

53''3412,41634,368

54''4430,93235,911

55''5456,25238,021

114Enc. sección4487,69240,641975,45681,288

115''5508,05642,3381.016,18484,682

132Titulado sup.2644,18453,682

133''3673,22456,102

134''4702,57658,548

135''5731,47260,956

142Titulado med.2476,61639,718

143''3498,06041,505

144''4519,60043,300

145''5541,74045,1451.083,56490,297

185Delineante 15469,33239,111