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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 68 Lunes, 07 de abril de 2003 Pág. 4.380

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CUATRO DE LUGO

EDICTO-CÉDULA de notificación (213/2001).

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Sentencia 213/2001.

Procedimiento: juicio ordinario 213/2001.

Jueza que la dicta: Susana Vázquez Mariño.

Lugar: Lugo.

Fecha: ocho de junio de dos mil dos.

Parte demandante: Emilio Vigo Rivas.

Abogada: Sra. Sánchez Santomé.

Procurador: Andrés Corral Álvarez.

Parte demandada: José Luis Iparraguirre Mazaira, Mª Dolores Eiriz Lamas, en situación procesal de rebeldía.

Objeto del juicio: resolución de contrato de arrendamiento de vivienda por falta de pago de la renta y cantidades asimiladas.

Fallo que, estimando la demanda interpuesta por el procurador Sr. Corral Álvarez, en nombre y representación de Emilio Vigo Rivas contra José Luis Iparraguirre Mazaira y Mª Dolores Eiriz Lamas, declaro resuelto el contrato de arrendamiento de fecha 10 de noviembre de 1998 sobre la vivienda sita en el piso 3º A del inmueble nº 2 de la calle Julia Monguillón de esta ciudad de Lugo, decretando consecuentemente el desahucio de los expresados José Luis Iparraguirre Mazaira y Mª Dolores Eiriz Lamas del referido inmueble, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo desalojan y dejan a disposición del arrendador en el plazo legal, condenándoles asimismo a satisfacer al demandante la suma de 4.342,68 euros (722.561 pesetas), importe de los recibos y cantidades asimiladas que adeudaba en el momento de la interposición de la demanda y el de los que hayan ido venciendo durante la sustanciación del presente procedimiento más los intereses legales de dicha suma desde la interpelación judicial y

hasta el completo pago, procediendo la expresa condena en costas de los demandados.

Modo de impugnación: mediante recuso de apelación ante la Audiencia Provincial de Lugo (artículo 455 de la Ley de enjuiciamiento criminal). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este juzgado, en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugne (artículo 457.2º Ley de enjuiciamiento criminal).

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y como consecuencia del ignorado paradero de José Luis Iparraguirre Mazaira, se extiende para que sirva de cédula de notificación.

Lugo, 17 de septiembre de 2002.

El/la secretario/a

Rubricado

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO

DE NEGREIRA