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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 68 Lunes, 07 de abril de 2003 Pág. 4.380

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO OCHO DE VIGO

EDICTO (759/2002).

José Luis Gutiérrez Martín, secretario del Juzgado de Primera Instancia número ocho de los de Vigo,

certifica que en el juicio verbal de desahucio, se ha dictado la siguiente resolución:

«Sentencia. En Vigo, treinta de enero de dos mil tres.

Susana Álvarez García, magistrada-jueza del Juzgado de Primera Instancia número ocho de los de Vigo, vió los presentes autos de juicio verbal de desahucio 759/2002, entre los que son partes:

Demandante: Teodoro y Eligio Pereira Dopazo, representados por la procuradora Mª Paz Barreras Vázquez, asistida de su letrado Fernando Cobas García.

Demandado: Carlos Bao Ares, rebelde procesal.

Versa la litis sobre falta de pago de rentas del local de negocio sito en calle Paraguay, 9-bajo, café-bar-música Vigo.

Fallo que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Teodoro y Eligio Pereira Dopazo representados por la procuradora Mª Paz Barreras Vázquez, contra Carlos Bao Ares, debo declarar y declaro la resolución del contrato de arrendamiento que liga a las partes, respecto del local sito en la calle Paraguay, 9-bajo, café-bar-música Vigo, apercibiendo a la parte demandada de lanzamiento si no desalojan el local dentro del término establecido en la ley, condenando a Carlos Bao Ares, al pago de las costas.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Pontevedra, que deberá prepararse en el plazo de cinco días por medio de escrito presentado ante este juzgado, conforme a lo dispuesto en el artículo 455 y siguientes de la LEC, haciéndole saber al recurrente del cumplimiento del artículo 449.1º del mismo precepto legal.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que se proceda a su inserción a modo de notificación de sentencia para el demandado Carlos Bao Ares, que está en paradero desconocido, se expide el presente edicto en Vigo a treinta y uno de enero de dos mil tres.

El secretario

Rubricado

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO CUATRO

DE LUGO