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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 66 Jueves, 03 de abril de 2003 Pág. 4.239

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

CÉDULA de 26 de febrero de 200, del Servicio de Protección del Patrimonio Cultural, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador S-C-03/02, en materia de protección del patrimonio cultural de Galicia.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero), se le notifica la resolución del expediente sancionador S-C-03/02 por infracción de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia, a la persona que a continuación se relaciona: Cervepark, S.L.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Cultura, Comunicación Social y Turismo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad

con lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

Santiago de Compostela, 26 de febrero de 2003.

Mª Isabel Martínez-Pedrayo Valeiras

Jefa del Servicio de Protección del Patrimonio

Cultural

ANEXO

Nº de expediente: S-C-03/02.

Interesado: Cervepark, S.L.

Dirección: calle Menéndez Pelayo, nº 4-6, 2º B, 15005 A Coruña.

Asunto: realización de movimientos de tierras sin control arqueológico en la calle del Mercado, nº 6, 8 y 10, de la ciudad de A Coruña, incumpliendo la resolución de la Dirección General de Patrimonio Cultural de 17 de agosto de 2000. El inmueble se encuentra situado en el casco histórico de la ciudad de A Coruña, declarado conjunto histórico-artístico por el Decreto 29/1984, de 9 de septiembre, y que cuenta con el correspondiente Plan Especial de Protección desde el año 1999. En virtud de la D.A. 1ª de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del patrimonio histórico español, pasa a tener la consideración de bien de interés cultural.

Precepto infringido: artículo 91 h) de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.

Precepto sancionador: artículo 95 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.