Agustín Ignacio Pena López, secretario del Juzgado de lo Social número uno de A Coruña, hago saber que en los autos número 680/2002 seguidos a instancia de Vanessa González Borrazás contra Construcciones Lastres (rpte. Alberto Lastres Antelo) y Fogasa sobre reclamación de cantidades, la magistrada-jueza de este juzgado, Isabel Olmos Parés, dictó sentencia, en fecha 10 de febrero de 2003, con la siguiente parte dispositiva:
«Que estimando la demanda interpuesta por Vanessa González Borrazás, debo declarar y declaro el derecho de la actora a percibir la cantidad de 1.689,22 euros por los conceptos que se expresan en el hecho probado segundo de esta resolución y, en ese sentido, debo condenar y condeno a la empresa Construcciones Lastres a que, estando y pasando por tal declariacón, abone al actor la suma de 1.689,22 euros, en concepto de indemnización, despido objetivo y plazo de preaviso.
Y debo absolver y absuelvo al Fogasa, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artculo 33 del ET.
Notifíqueseles esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la referida sentencia no pueden presentar recurso de suplicación.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y para que sirva de notificación a Construcciones Lastres (rpte. Alberto Lastres Antelo), que tuvo su última dirección conocida en Abeleiras de Abaixo, 8, Dorneda, Oleiros, 15178 A Coruña y que en la actualidad se desconoce, y a fin de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo este edicto en A Coruña a 10 de febrero de 2003.
El secretario judicial
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