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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 58 Lunes, 24 de marzo de 2003 Pág. 3.502

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

DECRETO 188/2003, de 27 de febrero, por el que se modifica el Decreto 148/2003, de 9 de enero, por el que se crea la Comisión de Coordinación de Sistemas de Información Geográfica y Cartografía.

La Comisión de Coordinación de Sistemas de Información Geográfica y Cartografía se creó por el Decreto 148/2003, de 9 de enero, como órgano de coordinación técnica de los departamentos, órganos y entes de la Administración autonómica gallega en sus actuaciones en materia de sistemas de información geográfica y cartográfica.

La comisión se adscribió a la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública a través de la Secretaría General de Planificación y Desarrollo Comarcal.

La reciente reestructuración de la Xunta de Galicia a través de los decretos 22 y 23/2003, ambos de 20 de enero, que trajo consigo la desaparición de la mencionada secretaría general, implica la necesidad de adaptar la adscripción de la comisión a la nueva estructura departamental, estimando que aquel órgano de coordinación debe adscribirse a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, en razón a la vinculación con las competencias que este departamento tiene atribuidas.

En virtud de lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, a propuesta del conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintisiete de febrero de dos mil tres,

DISPONGO:

Artículo único.-Modificación del Decreto 148/2003, de 9 de enero, por el que se crea la Comisión de Coordinación de Sistemas de Información Geográfica y Cartografía.

1. El artículo 2º queda redactado de la siguiente forma:

«Artículo 2º.-Adscripción.

La Comisión de Coordinación de Sistemas de Información Geográfica y Cartografía estará adscrita a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda a través de la Dirección General de Urbanismo».

2. Los párrafos 2 y 3 del artículo 4º quedan redactados de la siguiente manera:

«1. Presidente: el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda.

2. Vicepresidente: el director general de Urbanismo».

3. El apartado 1 del artículo 6º queda redactado de la siguiente forma:

«1. La secretaría de la comisión será desempeñada por quien designe el presidente de la comisión entre

el personal que presta servicios en la Dirección General de Urbanismo».

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta al conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda para dictar cuantas normas complementarias fuesen precisas para el desarrollo de este decreto.

Segunda.-Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintisiete de febrero de dos mil tres.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Alberto Núñez Feijóo

Conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas

y Vivienda

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES

Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA