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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 58 Lunes, 24 de marzo de 2003 Pág. 3.502

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 10 de marzo de 2003 por la que se declara de interés gallego la Fundación CIP y se ordena su inscripción en el Registro de Fundaciones, sección de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública.

En fecha 7 de febrero de 2003 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la orden de clasificación de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública de 29 de enero de 2003. En fecha 7 de marzo de 2003 se publicó en el Diario Oficial de Galicia corrección de errores de la antedicha orden, por la que se clasifica como mixta la Fundación CIP, adscribiéndola a la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, que tendrá que ejercer plenamente el protectorado sobre ella.

La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en A Coruña, el día 22 de agosto de 2002, ante el notario Francisco Manuel Ordóñez Armán, con el número mil novecientos cinco de su protocolo, por Pedro Pablo Rey Vera, Ana María Ortiz Álvarez, Ana María Jesús Álvarez Arias, José Manuel de Oliveira Marques y Emilio Rey Vera, que intervienen en su propio nombre y derecho, haciéndolo, además, Pedro Pablo Rey Vera en nombre y representación de la compañía mercantil Centro de Iniciativas Profesionales CIP, S.L.; esta escritura fue subsanada por otra posterior ante el mismo notario y con el número de protocolo dos mil setecientos nueve.

Según consta en el artículo seis de sus estatutos, el objeto de la fundación es la organización de actividades docentes de carácter universitario y profesional, social o cultural, relacionada, entre otros, con

aspectos estratégicos del desarrollo de Galicia, llevando a la práctica todo tipo de actividades docentes, seminarios, cursos, jornadas, conferencias, mesas redondas, etcétera, y elaborando estudios de carácter jurídico, socioeconómico y sociológico en el ámbito local, autonómico, estatal y comunitario.

Por todo ello, y en virtud de las competencias que me confiere el artículo 34.12º de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta de Galicia y su presidente, y según lo establecido en los artículos 8 de la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, y 32.3º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego,

DISPONGO:

Artículo único.

1. Declarar de interés gallego a la Fundación CIP, al cumplir sus estatutos las prescripciones que a tal efecto señala la vigente legislación en materia de fundaciones de interés gallego.

2. Ordenar la inscripción de la Fundación CIP en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de la Presidencia, Relaciones Institucionales y Administración Pública, a los efectos constitutivos que señala la Ley 7/1983, de 22 de junio, de régimen de las fundaciones de interés gallego, modificada por la Ley 11/1991, de 8 de noviembre.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de marzo de 2003.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia, Relaciones

Institucionales y Administración Pública