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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 56 Jueves, 20 de marzo de 2003 Pág. 3.425

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2002, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por la que se resuelven los expedientes de clasificación de montes 1 y 3/2002.

A los efectos previstos en el artículo 28 del reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10

de octubre, de montes vecinales en mano común, el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60.1º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se hace público que el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, en la sesión que tuvo lugar el 12 de diciembre de 2002 en la sala de juntas de la delegación provincial de la Consellería de Medio Ambiente, bajo la presidencia del delegado provincial de la Consellería de Medio Ambiente, y con la asistencia de los vocales Manuel Martínez Garrido, Emilio Sánchez Coto, José Antonio Illán Torrón, Manuel Veiga Franco y del secretario en funciones Ángel Rodríguez González, dictó la resolución de clasificar como vecinales en mano común los siguientes montes:

-Expediente número 1/2002.

Denominación: monte de A Lama.

Pertenencia: vecinos del lugar de A Lama.

Parroquia: Noceda.

Ayuntamiento: Cervantes.

Superficie total: 112 hectáreas.

Linderos de la parcela nº 1 (14 hectáreas):

Norte: con el monte vecinal en mano común de Noceda (expediente 21/1982), perteneciente a los vecinos del lugar de Noceda de la parroquia de Noceda, por el tejo de Folgueiroa. Este y sur: con el monte vecinal en mano común Madredagua y Brañanova (expediente 8/1983), perteneciente a los vecinos del lugar de Vilanova do Pedregal de la parroquia de Noceda. Oeste: con fincas particulares.

Linderos de la parcela nº 2 (1,8 hectáreas):

Norte, este, sur y oeste: con fincas particulares (quedan excluidas de la clasificación de esta parcela dos fincas propiedad particular de Manuel Álvarez y Manuel Rodríguez).

Linderos de la parcela nº 3 (1,2 hectáreas):

Norte y sur: con fincas particulares. Este: con la carretera. Oeste: con un camino público.

Linderos de la parcela nº 4 (95 hectáreas):

Norte y este: con fincas particulares. Sur: con monte vecinal en mano común Madredagua y Brañanova (expediente 8/1983), perteneciente a los vecinos del lugar de Vilanova do Pedregal de la parroquia de Noceda, desde Campo do Dreiro hasta Pico do Dreiro en el límite con la provincia de León. Oeste: con monte vecinal en mano común de Vilarello-II (expediente 103/1978), perteneciente a los vecinos de los lugares de Vilarello da Igrexa, Vilarello do Río y San Miguel de la parroquia de Vilarello, con fincas particulares y con monte vecinal en mano común de Noceda (expediente 21/1982), perteneciente a los vecinos del lugar de Noceda de la parroquia de Noceda, por el arroyo de los Valiñatos.

-Expediente número 3/2002.

Denominación: monte de Lama do Espiño y Xaneiras.

Pertenencia: vecinos de los lugares de Currial, Río y Vilerma.

Parroquia: Maside.

Ayuntamiento: Sarria.

Superficie total: 5,2 hectáreas.

Linderos de la parcela Lama do Espiño (2,05 hectáreas):

Norte: monte vecinal en mano común de Ortoá (expediente 68/1978), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Ortoá. Este y sur: camino. Oeste: monte vecinal en mano común de Ortoá (expediente 68/1978) perteneciente a los vecinos de la parroquia de Ortoá y camino.

Linderos de la parcela Xaneiras (3,15 hectáreas):

Norte: monte vecinal en mano común Santa Cristina y Xaneiras (expediente 62/1978), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Arxemil. Este y sur: fincas particulares. Oeste: fincas particulares y monte vecinal en mano común de Ortoá (expediente 68/1978), perteneciente a los vecinos de la parroquia de Ortoá.

Contra esta resolución y desde su notificación o publicación, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Lugo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa, en relación con el artículo 12 de la Ley de montes vecinales en mano común y el artículo 28 de su reglamento, modificados los dos preceptos legales por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Lugo, 12 de diciembre de 2002.

Luis González Vázquez

Presidente del Jurado Provincial de Clasificación

de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo