De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de 26 de noviembre de 1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona que en el anexo se menciona la propuesta de resolución del expediente sancionador por presunta infracción a la Ley de pesca fluvial de Galicia 7/1992, de 24 de julio (DOG nº 151, del 5 de agosto).
A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, situada en la calle del Paseo, nº 18-5º piso y aportar por escrito alegaciones, documentos, informaciones o propuestas de prueba que consideren convenientes en la defensa de sus derechos.
Finalizado el plazo que se señala, esta propuesta, junto con todos los documentos que constan en el expediente se remitirán al delegado provincial de esta consellería, para la resolución del procedimiento.
El pago voluntario pondrá fin al expediente. El importe de la sanción que en cada caso corresponda se hará efectivo empleando el impreso oficial que se facilitará en la Delegación Provincial en Ourense o en cualquier unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia.
Ourense, 4 de febrero de 2003.
Miriam Areal López
Instructora
VºBº
Agustín Prado Verdeal
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
Expediente: OU-127/02-P.
Denunciado: Pedro Cabo Barral.
DNI: 34265973.
Última dirección conocida: lgar. San Martiño de Anllo, 56. 27460-Sober. Lugo.
Hecho denunciado: no respetar las distancias establecidas. No tener documento acreditativo de su identidad.
Precepto infringido y sancionador: artículo 33.3º y 33.1º de la Ley de pesca fluvial de Galicia 7/1992.
Sanción: 120,20 A.
SOCIALES, EMPLEO Y RELACIONES
LABORALESCONSELLERÍA DE ASUNTOS