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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 41 Jueves, 27 de febrero de 2003 Pág.

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO TRES DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (621/2002).

Juan Rey Pita, secretario del Juzgado de lo Social número tres de A Coruña, da fe y certifica que en este juzgado se siguen autos nº 621/2002, seguidos a instancia de Juan Carlos Couso Mesías, contra la empresa Arquinterior, S.L. y Grupo Construcciones Mera, S.L. sobre salarios, en los que ha recaido sentencia en fecha 15 de enero de 2003 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

«Que, estimando la demanda formulada por Juan Carlos Couso Mesías, contra la empresa Arquinterior, S.L. condeno a esta a abonarle la cantidad de 2.029,91 euros, que le adeuda en concepto de salarios. Se absuelve de la demanda a la empresa Grupo Construcciones Mera, S.L.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social, debiendo anunciarlo previamente ante este juzgado de lo social, en el plazo de cinco días hábiles a partir del día siguiente al de su notificación.

Se previene a la empresa demandada de que, para recurrir, deberá acreditar haber ingresado en la c/c de consignaciones, código 5604.0000.60 621-2002, de Banesto de esta ciudad, denominada Cuenta del Juzgado de lo Social número tres, el importe de la condena y 150,25 euros en concepto de depósito, requisitos sin los cuales no será admitido a trámite el recurso, quedando firme la sentencia.

Así, por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación a los autos originales para su notificación y cumplimiento, juzgando lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Arquinterior, S.L. y Grupo Construcciones Mera, S.L. expido y firmo la presente cédula en A Coruña a 27 de enero de 2003.

El secretario judicial

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