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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 37 Viernes, 21 de febrero de 2003 Pág. 2.060

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL Y TURISMO

RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2003 sobre autorización de apertura de un nuevo establecimiento de la agencia de viajes Picasentour, S.L., sita en la calle de Pizarro número 73, local 10, Vigo (Pontevedra).

Examinado el expediente instruido a instancia de Carlos Pascual Juanes, en su calidad de representante legal de la entidad mercantil Picasentour, S.L., titular de la agencia de viajes Picasentour, S.L. del grupo minorista, con código de identificación CV-m 186-V y casa central en la calle Doctor Soler nº 3 de Picassent (Valencia), en solicitud de autorización de apertura de un nuevo establecimiento en la calle de Pizarro nº 73, local 10, Vigo (Pontevedra).

Resultando que, con la referida solicitud se aportó toda la documentación que se indica en el Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo.

Considerando que en la empresa solicitante y en el nuevo establecimiento de la agencia de viajes concurren todas las condiciones exigidas por el mencionado decreto para la obtención de su autorización.

Considerando que en la tramitación del expediente se observaron todos los requisitos y formalidades establecidos legal y reglamentariamente.

Vistos la Ley 9/1997, de 21 de agosto, de ordenación y promoción del turismo en Galicia y el Decreto 42/2001, de 1 de febrero, de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo, esta Dirección General de Turismo,

RESUELVE:

Autorizar a la agencia de viajes Picasentour, S.L., del grupo minorista, con código identificativo CV-m 186-V, y casa central en la calle Doctor Soler nº 3 de Picassent (Valencia), de la que es titular Picasentour, S.L., la apertura de un nuevo establecimiento en la calle de Pizarro nº 73, local 10, Vigo (Pontevedra), que podrá ejercer su actividad mercantil a partir de la fecha de publicación de esta orden en el DOG, con sujeción a lo preceptuado en el Decreto 42/2001, de 1 de febrero de refundición en materia de agencias de viajes, guías de turismo y turismo activo. Dicha agencia quedará inscrita en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma gallega.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Previamente, podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG.

Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso extraordinario de revisión en los supuestos y plazos previstos en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 15 de enero de 2003.

P.D. (Orden 12-1-1998)

María A. Antón Vilasánchez

Directora general de Turismo