Descargar PDF Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 37 Viernes, 21 de febrero de 2003 Pág. 2.058

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN, DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2003, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se hace pública la declaración de utilidad pública, en concreto, de las instalaciones del aprovechamiento hidroeléctrico del río Tronceda, Salto de Lagoa, en el término municipal de Mondoñedo (Lugo), por acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 31 de enero de 2003. (Expediente 18/2002 A.T.).

Visto el escrito presentado por Francisco Vázquez Fernández, en su calidad de administrador de la entidad Sociedad Española de Generación Eléctrica-Segel, S.L., con CIF B-27249788 y con domicilio en la calle San Roque, nº 4, 5º A, 27002 Lugo, resultan los siguientes

Antecedentes de hecho:

Primero.-La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental dictó Resolución de 31 de julio de 2000, de declaración de efectos ambientales de los proyectos de instalación de un aprovechamiento hidroeléctrico en el río Tronceda, Mondoñedo (Lugo), en competencia, promovidos por Ecoener, S.L. y la Compañía Gallega de Minicentrales, S.A., empresas que posteriormente cedieron sus derechos en el expediente a la Sociedad Española de Generación Eléctrica, S.L., considerándose por tanto como la única peticionaria.

Segundo.-Por resolución del presidente de Aguas de Galicia, de 19 de diciembre de 2000, se otorgó a favor de la Sociedad Española de Generación Eléctrica-Segel, S.L. una concesión para aprovechar 2.300 l/s de agua del río Tronceda, en el término municipal de Mondoñedo (Lugo), con destino a producción de energía eléctrica.

Por Resolución de 13 de diciembre de 2001 del presidente de Aguas de Galicia, se aprobó el proyecto constructivo del aprovechamiento hidroeléctrico del río Tronceda, Salto de Lagoa.

Tercero.-En fecha 29 de enero de 2002, la Dirección General de Industria, Energía y Minas resolvió autorizar las instalaciones electromecánicas y aprobar el proyecto de ejecución del aprovechamiento hidroeléctrico en el río Tronceda, Salto de Lagoa, en el término municipal de Mondoñedo, Lugo.

Cuarto.-Mediante escrito de 17 de abril de 2002, Francisco Vázquez Fernández, en su calidad de administrador de la entidad Sociedad Española de Generación Eléctrica-Segel, S.L., solicita la declaración de utilidad pública, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados y la urgente ocupación que lleva implícita el aprovechamiento hidroeléctrico aprobado, todo ello según los efectos previstos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, los artículos 125 y 144 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el

que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como el artículo 123 de la Ley de aguas.

Quinto.-La Delegación Provincial de la Consellería de Innovación, de Industria y Comercio de Lugo acordó, por Resolución de 19 de agosto de 2002, publicada en el BOP de Lugo del 5 de septiembre, en el DOG del 18 de septiembre, en el diario El Progreso del 23 de agosto, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Mondoñedo, someter a información pública la petición de declaración de utilidad pública anteriormente mencionada, incluyendo la relación de afectados.

Durante el período de exposición pública se recibió la siguiente alegación:

Fernando Luis Cortiñas Legaspi, con DNI 76555847 y domicilio en la calle Padre Claret nº 3 de Madrid alegó, mediante escrito de 29 de agosto de 2002, que en la misma fecha había recibido notificación de la delegación provincial en la que se le comunicaba verse afectado por el expediente de declaración de utilidad pública que nos afecta, lo cual no se corresponde con la realidad ya que la verdadera propietaria se trata de María Ermitas Legaspi González.

Sexto.-Las instalaciones electromecánicas de la central hidroeléctrica del río Tronceda, Salto de Lagoa, tienen las siguientes características:

-Azud de derivación y toma.

-Caudal máximo derivado: 2.300 l/s

-Salto bruto: 85,70 m (entre cotas 440,7 y 355,0 msnm).

-Dos turbinas tipo Francis, de eje horizontal de 6.000 rpm, y de 1.700 y 600 l/s respectivamente.

-Dos generadores asíncronos de 1.575 y 555 kVA de potencia y tensión de generación de 0,69 kV.

-Un transformador de potencia de 2,5 MVA y relación de transformación 0,69/20 kV.

-Instalaciones de mando, control, protección, conexión y medida.

Séptimo.-El día 22 de octubre de 2002, la empresa promotora, en este caso Segel, presenta ante la Delegación Provincial de la Consellería de Innovación, de Industria y Comercio de Lugo un escrito en el que pone de relevancia el acuerdo amistoso entre dicha empresa y la afectada, María Ermitas Legaspi González, presentando para ello copia del acuerdo.

Octavo.-La Delegación Provincial de la Consellería de Innovación, de Industria y Comercio de Lugo emitió informe favorable, proponiendo la declaración de utilidad pública que lleva implícita el aprovechamiento hidroeléctrico aprobado.

Noveno.-El 19 de diciembre de 2002, Aguas de Galicia emitió informe previo favorable a la referida declaración de utilidad pública.

Fundamentos de derecho:

Primero.-El Consello de la Xunta de Galicia es competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia, el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre y lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley 5/2000, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y de régimen presupuestario y administrativo, relativa a la declaración de utilidad pública de las obras, del organismo autónomo Aguas de Galicia, constitutivas de aprovechamientos hidráulicos otorgados con destino a la producción de energía eléctrica.

Segundo.-A la vista de la alegación presentada, de la contestación dada a la misma por parte de la empresa promotora, y del resto de documentación presente en el expediente, queda de manifiesto que:

La empresa promotora tomó constancia de la alegación realizada por Fernando Luis Cortiñas Legaspi y llegó a acuerdo amistoso, como se dijo en los fundamentos de hecho, con la afectada, María Ermitas Legaspi González.

De acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas, el Consello de la Xunta de Galicia acuerda:

1. Declarar la utilidad pública, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados y la urgente ocupación del proyecto del aprovechamiento hidroeléctrico del río Tronceda, Salto de Lagoa. Todo ello según los efectos previstos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, y el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

2. El órgano competente, por razón de la materia, para la tramitación do expediente es la Consellería de Innovación, de Industria y Comercio de la Xunta de Galicia, debiendo esta consellería cumplir con el procedimiento legal establecido.

Contra el presente acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, cabe interponer, en su caso, recurso potestativo de reposición de acuerdo con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, modificado por la Ley 4/1999, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir de la citada fecha, de acuerdo con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 7 de febrero de 2003.

Ramón Ordás Badía

Director general de Industria, Energía y Minas

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL

Y TURISMO