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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 27 Viernes, 07 de febrero de 2003 Pág. 1.430

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE ARZÚA

EDICTO (113/2002).

Yo, José Manuel Silvosa Tallón, secretario del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Arzúa, hago saber que en el proceso de ejecución seguido en dicho juzgado con el número 113/2002 a instancia de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., representado por el procurador Sr. Paza Montero contra Pastor Alicio Pérez Arribas y María Isabel Arias Mata sobre ejecución hipotecaria, se ha acordado sacar a pública subasta, por un plazo de veinte días, los bienes que con su precio de tasación se enumeran a continuación:

Bienes que se sacan a subasta y su valoración.

Vivienda unifamiliar, compuesta de planta baja y alta, que ocupa la superficie de 95 m en cada planta, sita en la parroquia de Os Ánxeles, ayuntamiento de

Melide, con terreno unido, que todo forma una sola finca de 28 áreas y 30 centiáreas.

Linda: norte, Anselmo Arias Escariz; sur, camino y resto de finca matriz, de José Louzao García y esposa; este, carretera de Melide a Toques; y oeste, Fernando Núñez Gómez y camino de servidumbre. Goza de servidumbre de luces y vistas sobrel a finca registral número 9.813 del libro 56 de Melide.

Inscripción: Registro de la Propiedad de Melide. Finca 15.478, tomo 506, libro 85, folio 140.

Título: escritura de compraventa a Explotaciones Costel, S.L. y otros, de fecha 18-12-1998.

Tasada a efectos de subastar en 162.922,36 euros (27.108.000 ptas.).

La subasta tendrá lugar en la sede de este juzgado O Cruceiro-Santa María, el día diez de marzo de dos mil tres a las once horas.

Condiciones de la subasta.

Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Identificarse de forma suficiente.

2. Declarar que conocen las condiciones generale y particulares de la subasta.

3. Presentar resguardo de que han depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado en el BBVA nº 1510 0000 05 113/02, o de que han prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con las cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2º del artículo 652 de la Ley 1/2000, de enjuiciamiento civil.

4. Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

5. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.

6. Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la Ley 1/2000, de enjuiciamiento civil.

7. Que la certificación registral está de manifiesto en la secretaría de este juzgado y los bienes se sacan a subasta sin suplir previamente la falta de títulos de propiedad, estándose a lo prevenido en la regla 5ª del artículo 140 del reglamento para la ejecución de la Ley hipotecaria, entendiéndose por el mero hecho de particular en la subasta que los postores aceptan esta situación, así como que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsisitentes y que el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudica a su favor.

No consta en el proceso si el inmueble que se subasta se encuentra o no ocupado por personas distintas.

8. Si por fuerza mayor, causas ajenas al juzgado o por error se hubiere señalado un domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al día siguiente hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

En Arzúa, a trece de diciembre de dos mil dos.

El secretario

Rubricado

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS

DE PONTEVEDRA