La Ley 6/2002, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2003 establece en su artículo 43 una modificación del Decreto 287/2000, de 21 de noviembre, por el que se desarrolla el régimen de ayudas y subvenciones públicas de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su regulación del plazo mínimo para la presentación de solicitudes de ayudas y subvenciones públicas, ampliándolo de 20 días hábiles a 40 días hábiles.
Asimismo el citado artículo establece que las órdenes de ayudas y subvenciones mantengan un escrupuloso respecto a lo dispuesto en la Lei 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en lo que se refiere a la presentación de documentos que obran en poder de la Xunta de Galicia.
Como quiera que la orden que se modifica fue publicada con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 6/2002, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2003, al haberse tramitado en régimen anticipado, requiere su adaptación a los anteriores mandatos legales.
Para cumplir este mandato y una vez obtenidos preceptivos informes,
DISPONGO:
Artículo primero.-Se modifica el primer párrafo del artículo 5 correspondiente a solicitudes, plazo de presentación y documentación, quedando redactado como sigue:
El plazo para la presentación de las solicitudes será el comprendido entre el día 2 de enero de 2003 y el 21 de febrero de 2003.
Artículo segundo.-Se modifica dicho artículo 5 correspondiente a solicitudes, plazo de presentación y documentación, al que se le añade el siguiente apartado:
No será necesaria la presentación de todos aquellos documentos que obren en poder de la Xunta de Galicia, debiendo indicar el solicitante, con el objeto de
su rápida localización, la unidad administrativa en que se encuentran.
Santiago de Compostela, 28 de enero de 2003.
Juan Rodríguez Yuste
Conselleiro de Innovación, de Industria y Comercio
CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL
Y TURISMO