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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 27 Viernes, 07 de febrero de 2003 Pág. 1.404

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN, DE INDUSTRIA Y COMERCIO

ORDEN de 28 de enero de 2003 por la que se modifica la de 14 de noviembre de 2002 por la que se procede a la convocatoria para el año 2003 de las ayudas para el fomento de la innovación empresarial y prestación de servicios en el sector de la minería en la Comunidad Autónoma gallega, en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con las bases reglamentarias establecidas en el anexo I de la Orden de 11 de marzo de 2002 publicada en el Diario Oficial de Galicia número 55, del 18 de marzo.

La Ley 6/2002, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2003 establece en su artículo 43 una modificación del Decreto 287/2000, de 21 de noviembre, por el que se desarrolla el régimen de ayudas y subvenciones públicas de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su regulación del plazo mínimo para la presentación de solicitudes de ayudas y subvenciones públicas, ampliándolo de 20 días hábiles a 40 días hábiles.

Asimismo el citado artículo establece que las órdenes de ayudas y subvenciones mantengan un escrupuloso respecto a lo dispuesto en la Lei 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en lo que se refiere a la presentación de documentos que obran en poder de la Xunta de Galicia.

Como quiera que la orden que se modifica fue publicada con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 6/2002, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2003, al haberse tramitado en régimen anticipado, requiere su adaptación a los anteriores mandatos legales.

Para cumplir este mandato y una vez obtenidos preceptivos informes,

DISPONGO:

Artículo primero.-Se modifica el primer párrafo del artículo 5 correspondiente a solicitudes, plazo de presentación y documentación, quedando redactado como sigue:

El plazo para la presentación de las solicitudes será el comprendido entre el día 2 de enero de 2003 y el 21 de febrero de 2003.

Artículo segundo.-Se modifica dicho artículo 5 correspondiente a solicitudes, plazo de presentación y documentación, al que se le añade el siguiente apartado:

No será necesaria la presentación de todos aquellos documentos que obren en poder de la Xunta de Galicia, debiendo indicar el solicitante, con el objeto de

su rápida localización, la unidad administrativa en que se encuentran.

Santiago de Compostela, 28 de enero de 2003.

Juan Rodríguez Yuste

Conselleiro de Innovación, de Industria y Comercio

CONSELLERÍA DE CULTURA, COMUNICACIÓN SOCIAL

Y TURISMO