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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 252 Martes, 31 de diciembre de 2002 Pág. 18.116

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO UNO DE NOIA

EDICTO (67/2002).

Sagrario Campelle Seijo, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de los de Noia y su partido, doy fe que en este juzgado de mi cargo y bajo el número 67/2002 se sigue juicio de separación conyugal, en el cual se ha dictado sentencia que contiene el siguiente encabezamiento y fallo:

«Sentencia.

En Noia a 21 de noviembre de 2002.

Vistos por Pura Caaveiro Ameneiro, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de los de Noia y su partido los presentes autos de separación conyugal seguidos ante este juzgado, con el número 67/2002 a instancias de Juana Martínez Casais, representada por el procurador Francisco José Gómez Castro y defendida por el letrado Ángel Mauro Pérez Vidal, contra Juan Manuel Mariño Martínez, actualmente en paradero desconocido y en situación procesal de rebeldía, y concurriendo los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos:

Fallo que, estimando parcialmente la demanda de separación formulada por Juana Martínez Casais contra Juan Manuel Mariño Martínez, debo declarar y declaro la separación matrimonial de ambos cónyuges, con todos los efectos inherentes a la misma, acordando las medidas siguientes:

Primera.-Se decreta la disolución del régimen económico matrimonial, cuya liquidación podrá instarse conforme a lo previsto en los artículos 806 y siguientes de la N.L.E.C.

Segunda.-Se atribuye a Juana Martínez Casais el uso de la vivienda familiar, sita en el lugar de Carballosa nº 59, parroquia de San Pedro de Muro (Porto do Son), así como el ajuar familiar existente en la misma.

Y todo ello sin que proceda realizar pronunciamiento en materia de costas.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Lo inserto anteriormente concuerda bien y fielmente con su original transcrito al que me remito y para que conste y sirva de notificación en forma al demandado rebelde Juan Manuel Mariño Martínez, en paradero desconocido, a los efectos que procedan, extiendo y firmo el presente en Noia a 21 de noviembre de 2002.

La secretaria

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