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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Lunes, 23 de diciembre de 2002 Pág. 17.560

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2002, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se autoriza y se aprueba el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente IN407A 02/36-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: trav. de Vigo, 204, 36207 Vigo.

Título: L.M.T. circunvalación Baiona y c. seccionamiento Sopegal.

Situación: ayuntamientos de Baiona y Gondomar.

Características técnicas: L.M.T., sub., a 20 kV, con conductor tipo R.H.V., con los siguientes tramos: 1. De 3.033 m de longitud, desde la sub. Gondomar hasta el apoyo nº 1 del primer tramo de la línea aérea en proyecto; 2. De 600 m de longitud, desde el apoyo nº 12 del primer tramo de la línea aérea en proyecto hasta el apoyo nº 13 de la línea aérea; 3. De 32 m de longitud, desde el c. seccionamiento Sopegal hasta el entronque con la línea que alimenta a los CC.TT. Sopegal, Belesar y Urgal. L.M.T., aérea, a 20 kV, con conductor tipo LA-110, con los siguientes tramos: 1. De 1.242 m de longitud, desde el apoyo nº 1 de esta línea hasta el nº 12; 2. De 344 m de longitud, desde el apoyo nº 13 de esta línea hasta el apoyo nº 17. Centro de seccionamiento con tres líneas de maniobra exterior.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y en el capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, esta delegación provincial resuelve:

Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

El plazo de puesta en marcha de la instalación, de acuerdo con el artículo 132 del Real decreto 1955/2000, será de doce meses, a partir de la recepción de la presente resolución. A efectos de la posible solicitud de prórroga, el peticionario deberá tener en cuenta lo dispuesto en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra esta resolución puede interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación. También puede interponerse cualquier otro recurso que se considere pertinente.

Pontevedra, 13 de noviembre de 2002.

Carmen Bianchi Valcarce

Delegada provincial de Pontevedra