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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 228 Martes, 26 de noviembre de 2002 Pág. 16.457

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2002, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se aprueba y autoriza el proyecto denominado L.M.T., C.T. y R.B.T. de Barranca y Santo Estevo, en el ayuntamiento de Barreiros. (Expediente 12/2001 A.T.).

Visto el expediente incoado en esta delegación provincial por petición de Barras Eléctricas Galaico-Asturianas, S.A., con domicilio a los efectos de notificación en la calle Ciudad de Viveiro, 4, Lugo, que solicita aprobación de proyecto, autorización administrativa y declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica de referencia.

Cumplidos los trámites establecidos en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre (BOE nº 285, del 28 de noviembre), del sector eléctrico, y los ordenados en el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de noviembre (BOE nº 310, del 27 de diciembre), por el que se regulan los procedimientos de la autorización de instalaciones eléctricas de energía.

Visto que en la tramitación del expediente la empresa manifiesta haber llegado a un mutuo acuerdo con todos los interesados sometidos a los trámites expro

piatorios por lo que, mediante escrito de 12 de septiembre de 2002, solicita que se admita su desestimiento en cuanto a la solicitud inicial de declaración de utilidad pública de la instalación L.M.T., C.T. y R.B.T. Barranca y Santo Estevo (objeto del presente expediente) y que se dicte resolución exclusivamente en la parte que corresponda a la autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución.

Visto que, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 91.2º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999 (BOE nº 12, del 14 de enero de 2000), se dio traslado de esta solicitud de desestimiento a los interesados sin que dentro del plazo establecido al efecto se formularan objeciones a la misma.

Siendo competente este organismo, con base en el Estatuto de autonomía de Galicia, en el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma gallega en materia de industria, energía y minas, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 36/2001, de 25 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia.

RESUELVO:

Primero.-Autorizarle a BEGASA el establecimiento de dicha instalación eléctrica, con las siguientes características principales:

1. Línea de media tensión aérea con origen en la L.M.T. al C.T. de Barranca y final en el C.T. proyectado de Santo Estevo de 963 m de longitud a 20 kV sobre apoyos metálicos y de hormigón en conductor LA-56.

2. Centro de transformación aéreo de intemperie de Santo Estevo de 160 kVA de potencia y relación de transformación 20.000/380-220 V.

3. Red de baja tensión aérea de Santo Estevo de 1.920 m de longitud a 380/220 V sobre apoyos de hormigón en conductor R.Z.

4. Red de baja tensión aérea de Barranca de 1.115 m de longitud a 380/220 V sobre apoyos de hormigón en conductor R.Z.

5. Red de baja tensión aérea de Penacha de 340 m de longitud a 380/220 V sobre apoyos de hormigón en conductor R.Z.

Segundo.-Prestar aprobación a su proyecto de ejecución, una vez cumplidos los trámites que se señalan en el capítulo II, título VII del citado Real decreto 1955/2000, y visto el contenido del informe técnico de fecha 27 de febrero de 2002.

Esta resolución no es definitiva en la vía administrativa, y contra ella se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente

al de su notificación/publicación, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Lugo, 2 de octubre de 2002.

Jesús Bendaña Suárez

Delegado provincial de Lugo