Descargar PDF Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 221 Viernes, 15 de noviembre de 2002 Pág. 16.009

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 8 de noviembre de 2002 por la que se convoca el Premio Galicia Innovación Junior.

La Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, da respuesta a la necesidad de adecuar nuestro sistema educativo a una sociedad de acelerado proceso de modernización, con continuos cambios culturales, tecnológicos, y productivos, que camina hacia un horizonte común para Europa.

El desarrollo científico y tecnológico es uno de los factores de mayor influencia en la configuración del mundo contemporáneo. En esta línea, la Secretaría General de Investigación y Desarrollo está impulsando actividades mediante las que se intenta divulgar y facilitar comprensión de lo que significa este desarrollo.

Entre estas actuaciones y dentro del Programa de Sensibilización Social del Plan Gallego de Investigación y Desarrollo Tecnológico, aprobado por el Consejo de la Xunta de Galicia en su reunión de 14 de marzo de 2002, la Secretaría General de Investigación y Desarrollo desea instituir un premio orientado a los jóvenes gallegos con el fin de fomentar el espíritu creativo con su capacidad innovadora.

En consecuencia con lo anteriormente expuesto, esta consellería

DISPONE:

Artículo 1º.-Objeto.

Se crea el Premio Galicia Innovación Junior, para los jóvenes gallegos de entre 16 y 18 años de edad. Este premio está destinado a estimular el espirito creativo y la capacidad innovadora, valorando especialmente la originalidad de las propuestas, su utilidad y las posibilidades reales de llevarlas a la práctica.

Artículo 2º.-Dotación.

El premio consistirá en un viaje para cuatro personas a Futuroscope (Francia) con todos los gastos pagados. Además, se concederán 15 accésits consistentes en una conexión a Internet vía ADSL por un año. Los gastos relativos a la acción de esta convocatoria, que ascienden a 5.280 euros, se imputará a la aplicación presupuestaria 04.06.432A.480.0 de los presupuestos de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo para el año 2003, confinanciados con fondos FSE de la Unión Europea. Al premio se le aplicará la correspondiente retención fiscal.

Artículo 3º.-Requisitos.

Podrán participar en esta convocatoria todos los jóvenes gallegos o residentes en Galicia de edades comprendidas entre los 16 y los 18 años.

Articulo 4º.-Presentación de solicitudes.

Las solicitudes en el modelo oficial PSS-06 que se publica como anexo a la presente orden y que está a disposición de los interesados/as en Internet en las direcciones: http://www.sxid.org., http://xunta.es/conselle/preside/sxid/index.htm o http://www.cesga.es/sxid se

presentarán, dirigidas al secretario general de Investigación y Desarrollo, en el registro general de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Las solicitudes realizadas en el modelo oficial deberán ir acompañadas, inexcusablemente, de la siguiente documentación:

-Declaración jurada de cumplimento de los requisitos estipulados en el artículo 3º de la presente convocatoria. En el caso de ser seleccionado para el premio, el solicitante deberá aportar copia cotejada de la partida de nacimiento, del certificado de empadronamiento o del libro de familia, con el fin de acreditar el cumplimiento de dichos requisitos.

-Copia del documento nacional de identidad (DNI/NIF).

-Memoria en la que proyecten y desarrollen una idea que se traduzca en un nuevo producto, en un nuevo servicio o bien en una manera distinta e innovadora de producir algo ya existente. Deberán describir el producto, servicio o proceso, argumentando a quien va dirigido, su utilidad y la manera de llevar a cabo lo que se proyecta.

Las propuestas deberán redactarse en cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma y para el caso de la lengua gallega deberán adaptarse a lo dispuesto en la legislación vigente (disposición adicional de la Ley 3/1983, de 15 de junio y el Decreto 173/1982, de 17 de noviembre).

El plazo de presentación de trabajos termina el 31 de enero 2003.

Artículo 5º.-Composición y funciones de los jurados.

1. Los trabajos presentados y que se ajusten a la presente convocatoria serán examinados y evaluados por un jurado formado por:

-Presidente: el secretario general de Investigación y Desarrollo o persona en quien delegue.

-Un profesor de educación secundaria designado por la Secretaría General de Investigación y Desarrollo, que actuará como vocal.

-Tres vocales, siendo un representante por cada oficina de transferencia e innovación tecnológicas (OTRIS) de las universidades del Sistema Universitario de Galicia.

-Un vocal, nombrado por la Secretaría General de Investigación y Desarrollo.

-Un secretario, designado por la Secretaría General de Investigación y Desarrollo, entre los funcionarios que prestan servicios en la misma.

2. La decisión del jurado será inapelable.

Artículo 6º.-Retirada de la documentación.

Las personas responsables de los trabajos o sus representantes legales podrán retirar los trabajos no premiados en las dependencias de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo, en el plazo de 60 días contados a partir de la resolución del jurado correspondiente.

Artículo 7º.-Entrega de los premios.

Los premios se entregarán en acto público que se anunciará oportunamente.

Artículo 8º

La Secretaría General de Investigación y Desarrollo podrá, a su libre elección, divulgar los proyectos premiados, sin que ello suponga cesión o limitación alguna en los derechos de propiedad del autor sobre los mismos.

Artículo 9º

La convocatoria, su base, y todos los actos administrativos derivados de ella podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Artículo 10º

A los efectos establecidos en los artículos 42.2º y 43.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones publicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, el plazo máximo para resolver las solicitudes correspondientes será de 6 meses, contados desde la fecha de publicación de la presente convocatoria, dictándose resolución expresa con respecto a la antedicha línea de ayudas.

Disposiciones finales

Primera.-La participación en la convocatoria supone la aceptación de todas sus bases.

Segunda.-La presente convocatoria se tramita por el procedimiento de gastos anticipados al amparo de los estableció en la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 11 de febrero de 1998, por la que se regula la tramitación anticipada de gastos, teniendo en cuenta las modificaciones de la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 27 de noviembre de 2000.

Santiago de Compostela, 8 de noviembre de 2002.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia, Relaciones

Institucionales y Administración Pública