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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 221 Viernes, 15 de noviembre de 2002 Pág. 16.006

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES INSTITUCIONALES Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 8 de noviembre de 2002 por la que se convoca el I Premio de Periodismo Científico Galicia Innovación.

El desarrollo científico y tecnológico es uno de los factores de mayor influencia en la configuración del

mundo contemporáneo. En esta línea, la Secretaría General de Investigación y Desarrollo está impulsando actividades mediante las que se intenta divulgar y facilitar la comprensión de lo que significa este desarrollo.

Entre estas actuaciones y al amparo del Plan Gallego de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación, aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia en su reunión de 14 de marzo de 2002, la Secretaría General de Investigación y Desarrollo convoca la primera edición del Premio de Periodismo Científico Galicia Innovación. El galardón, que nace este año coincidiendo con la celebración de la Semana de la Ciencia en Galicia, tiene como finalidad estimular la producción de textos periodísticos especializados en materia científica y de investigación y desarrollo.

En consecuencia con lo anteriormente expuesto, esta consellería

DISPONE:

Articulo 1º.-Objeto.

Se convoca la primera edición del Premio de Periodismo Científico Galicia Innovación, para los periodistas que trabajan para medios de comunicación de la Comunidad Autónoma de Galicia. Este premio está destinado a estimular la producción de textos periodísticos especializados en materia científica.

Artículo 2º.-Dotación económica.

El premio al que se refiere el artículo primero estará dotado con 7.300 euros. Los gastos relativos a la acción de esta convocatoria se imputarán a la aplicación presupuestaria 04.06.432A.480.0. de los presupuestos de la Secretaria General de Investigación y Desarrollo para el año 2003, confinanciados con fondos del Fondo Social Europeo de la Unión Europea. Al premio se le aplicará la correspondiente retención fiscal.

Artículo 3º.-Condiciones.

1. Podrán participar en la presente convocatoria todos los periodistas que trabajen para medios de comunicación de la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. Los concursantes deberán presentar un trabajo periodístico de contenido científico (preferentemente sobre temas de investigación y desarrollo) de cualquier género informativo publicado o emitido por medios de comunicación gallegos, ya sean en soporte escrito, audiovisual o electrónico.

Los trabajos tendrán que estar publicados durante el período en el que esté abierto el plazo de presentación de solicitudes a la presente convocatoria.

3. El plazo de presentación de trabajos será del 15 de noviembre de 2002 al 28 de febrero de 2003.

Artículo 4º.-Presentación de solicitudes.

Las solicitudes en el modelo oficial PSS-07 que se publica como anexo a la presente orden y que está a disposición de los interesados/as en Internet en las direcciones: http://www.sxid.org., http://xunta.es/conselle/preside/sxid/index.htm o http://www.cesga.es/sxid se presentarán, dirigidas al secretario general de Investigación y Desarrollo, en el registro general de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Las solicitudes realizadas en el modelo oficial deberán ir acompañadas, inexcusablemente, de la siguiente documentación:

a) Currículum vitae del candidato.

b) Fotocopia del documento nacional de identidad (DNI/NIF).

c) Certificado de la empresa de comunicación gallega que acredite que el solicitante presta sus servicios en la misma, como periodista.

d) Si se trata de un trabajo en prensa escrita, tendrá que adjuntarse un ejemplar original de la publicación en la que se haya difundido. En el caso de ser un trabajo audiovisual, la cinta de audio (en formato casete) o de vídeo (en formato VHS) deberá recoger el espacio o programa completo en el que se haya difundido. Por último, si se trata de un trabajo en formato electrónico, se debe aportar un CD en el que se recoja un volcado de pantalla de la página o páginas web donde aparezca y una copia impresa.

Artículo 5º. Composición y funciones de los jurados.

Los trabajos presentados y que se ajusten a la presente convocatoria serán examinados y evaluados por un jurado constituido por cinco miembros:

-Dos en representación de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo de la Xunta de Galicia.

-Uno en representación de la Secretaría para las Relaciones con los Medios Informativos.

-El decano de la Facultad de Periodismo de la Universidad de Santiago de Compostela.

-El decano del Colegio Oficial de Periodismo de Galicia.

El secretario general de Investigación y Desarrollo designará entre dichos miembros el presidente y el secretario del jurado.

2. La decisión del jurado será inapelable.

Artículo 6º.-Retirada de la documentación.

Las personas responsables de los trabajos o sus representantes legales podrán retirar los trabajos no premiados en las dependencias de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo en el plazo de 60 días contados a partir de la resolución del jurado correspondiente.

Artículo 7º.-Entrega de los premios.

Los premios se entregarán en acto público que se anunciará oportunamente.

Artículo 8º

La Secretaría General de Investigación y Desarrollo podrá, a su libre elección, divulgar los proyectos premiados, sin que esto suponga cesión o limitación alguna en los derechos de propiedad del autor sobre los mismos.

Artículo 9º

La convocatoria, sus bases, y todos los actos administrativos derivados de ella podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Artículo 10º

A los efectos establecidos en los artículos 42.2º y 43.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, el plazo máximo para resolver las solicitudes correspondientes será de 6 meses, contados desde la fecha de publicación de la presente convocatoria, dictándose resolución expresa con respecto a la antedicha línea de ayudas.

Disposiciones finales

Primera.-La participación en la convocatoria supone la aceptación de todas sus bases.

Segunda.-La presente convocatoria se tramita por el procedimiento de gastos anticipados al amparo de lo establecido en la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 11 de febrero de 1998, por la que se regula la tramitación anticipada de gastos, teniendo en cuenta las modificaciones de la orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 27 de noviembre de 2000.

Santiago de Compostela, 8 de noviembre de 2002.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia, Relaciones

Institucionales y Administración Pública