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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 215 Jueves, 07 de noviembre de 2002 Pág. 15.654

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (661/2002).

Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña, doy fe y testimonio de que en los autos seguidos antes este juzgado de lo Social tramitados bajo el número 661/2002 contra la empresa Aniceto Alonso Rodríguez, S.L., sobre resolución de contrato, fue dictada la siguiente sentencia:

«Sentencia.-A Coruña, 9 de octubre de 2002. Jorge Hay Alba, magistrado juez de lo Social número dos

de esta ciudad, ha visto los presentes autos de juicio 661/2002, seguidos a instancia de Francisco Manuel Angulo López, José Francisco Dopico Graña, Juan Carlos Dopico Lado, José Manuel Sánchez Sánchez y Jesús Ángel Teijido Carreiras, mayores de edad, asistidos por el letrado Felipe Martínez Ramonde, contra la empresa Aniceto Alonso Rodríguez, S.L., que no compareció en los autos, y el Fondo de Garantía Salarial, representado y asistido por la letrada María Paz Gómez Vázquez, siendo el objeto de la reclamación resolución de contrato.

Siguen hechos y fundamentos jurídicos.

Decido que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por Francisco Manuel Angulo López, José Francisco Dopico Graña, Juan Carlos Dopico Lado, José Manuel Sánchez Sánchez y Jesús Angel Teijido Carreiras, contra la empresa Aniceto Alonso Rodríguez, S.L., con la intervención del Fondo de Garantía Salarial, absolviendo a la empresa do las peticiones contenidas en la misma.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la referida sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándose ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, de la que conocerá, en su caso, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, como establece el artículo 188 del texto refundido de la ley, aprobado por el R.D.L. 2/1995, de 7 de abril.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación a Aniceto Alonso Rodríguez, S.L. mediante su publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG), que tiene domicilio desconocido, expido y firmo la presente en A Coruña a 9 de octubre de 2002.

El secretario judicial

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