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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 208 Lunes, 28 de octubre de 2002 Pág. 15.280

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación (509/2000).

Por tenerlo acordado el magistrado juez del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña en los autos 509/2000 y acumulados, a instancia de Sonia Mª Doeijo Ventura y otros, contra Isabel Rico, S.L., División Estética Pool, S.L., y Mª Isabel Rico Rodríguez, sobre despido, en providencia del día de hoy se anuncia

la venta en pública subasta que se celebrará el día 22 de noviembre 2002, a las 9.30 horas, en la sala de audiencia de este juzgado, sito en el primer piso del edificio de los juzgados; calle Monforte nº 1 de A Coruña, de los siguientes bienes:

Para tomar parte en la subasta, los licitadores deberán cumplir con los siguientes requisitos:

1. Identificarse en forma suficiente.

2. Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

3. Presentar resguardo de que han depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el BBVA con el nº 1532, clave 64, o de que han prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes. Si el licitador realiza el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la LEC.

4. El ejecutante sólo podrá tomar parte en las subastas cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieron, sin necesidad de consignar cantidad alguna.

5. Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a tercero.

6. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado, y con las condiciones anteriormente expresadas, que se conservarán cerrados por el secretario judicial y serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás.

7. Si la mejor postura es igual o superior al 70% del tipo de la subasta, será aprobada por el juzgado en el mismo día o al siguiente, en favor del mejor postor.

8. Si la mejor postura ofrecida en la subasta fuera inferior al 70% del avalúo y superior al 50%, si el ejecutado no presentare tercero que mejore postura y si el ejecutante no hubiera hecho uso de la facultad de pedir la adjudicación de los bienes, se aprobará el remate.

9. Que la certificación registral está de manifiesto en la secretaría.

10. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente (o que no existen títulos).

11. Que las cargas o gravámenes anteriores si los hubiera, al crédito del actor, continuarán subsistentes y que, por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicase a su favor.

12. En cualquier momento anterior a la aprobación del remate o de la adjudicación podrá el deudor liberar sus bienes pagando íntegramente lo que se deba al ejecutante por principal, intereses y costas.

Condiciones especiales:

Única: no se admitirán posturas que no alcancen la cantidad de 865,06 euros por que salen a subasta.

Contra la presente providencia no se da ulterior recurso.

Así lo acuerda y firma su señoría y yo, secretario judicial, doy fe.

Y para su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo la presente cédula en A Coruña, 4 de octubre de 2002.

El secretario judicial

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