Observado un error en el DOG nº 151, del 7 de agosto de 2002, correspondiente a la Resolución de 2 de julio de 2002, de la Delegación Provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales en A Coruña, por la que se dispone el depósito y la publicación en el Diario Oficial de Galicia del convenio colectivo del sector de la industria siderometalúrgica, procede hacer la siguiente rectificación:
En la página 12.091, en el artículo 52, apartado 2.4, donde dice: «Toda ausencia al trabajo (total o parcial) justificada o sin justificar.», debe decir: «Toda ausencia al trabajo (total o parcial) justificada o sin justificar, salvo permiso retribuido».