Agustín Ignacio Pena López, secretario del Juzgado de lo Social número uno de A Coruña, hago saber que en los autos nº 297/2002, seguidos a instancia de José A. López Pulleiro, contra Aplicaciones Técnicas de Telecomunicaciones, S.L., sobre reclamación de cantidades, la magistrada-jueza de este juzgado, Isabel Olmos Parés, dictó sentencia, en fecha 19 de septiembre de 2002, con la siguiente parte dispositiva:
«Que estimando la demanda presentada por José Pulleiro debo declarar e declaro el derecho del actor a percibir la cantidad de 1.465,55 euros por los conceptos que se expresan en el hecho probado de esta resolución y en ese sentido debo condenar y condeno a la empresa Aplicaciones Técnicas de Telecomunicaciones, S.L. a que estando y pasando por tal declaración abone al actor la cantidad de 1.465,55 euros en concepto de salarios.
Y debo absolver y absuelvo a Fogasa sin perjuicio de su responsabilidad en los casos legalmente previstos en el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que en contra de la misma no pueden interponer recurso de suplicación.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».
Y para que le sirva de notificación a Aplicaciones Técnicas de Telecomunicaciones, S.L., que tuvo su último domicilio conocido en la avda. Calvo Sotelo, 21-2º dcha., A Coruña, y que en la actualidad se desconoce, y a fin de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido y firmo el presente edicto en A Coruña, diecinueve de septiembre de dos mil dos.
El secretario judicial
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