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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 199 Martes, 15 de octubre de 2002 Pág. 14.741

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

INSTITUTO GALLEGO DE CONSUMO

CÉDULA de 9 de septiembre de 2002, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la propuesta de resolución del expediente sancionador 36/23/02 VI, en materia de defensa del consumidor.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a la persona que a continuación se relaciona la propuesta de resolución del expediente sancionador nº 36/23/02 VI por infracción en materia de defensa del consumidor, ya que, intentada la notificación por los medios habituales, no se pudo practicar.

Lo que se le comunica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, haciéndole saber que dispone de un plazo de quince días para examinar el expediente en la Oficina de Consumo de Vigo, sito en la Plaza de la Estrella nº 9-7ª planta, y formular las alegaciones y presentar los documentos e informaciones que considere convenientes.

Expediente: 36/23/02 VI.

Inculpado: Ángel Comesaña Nande.

Dirección: Plaza de Abastos de Baiona.

Motivo: incumplimiento de la normativa de etiquetado de carne de vacuno y la normativa que regula las hojas de reclamaciones.

Fecha del acuerdo de incoación: 18 de abril de 2002.

Alegaciones al acuerdo de incoación: no presenta escrito en su descargo.

Fecha de la propuesta de resolución: 14 de agosto de 2002.

Preceptos infringidos: artículo 13 del Reglamento nº 1760/2000, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de julio de 2000, que establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y relativo al etiquetado de carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno; y artículo 3 del Decreto 375/1998, de 23 de diciembre, por el que se regulan las hojas de reclamaciones de los consumidores y usuarios.

Precepto sancionador: artículos 34.6º de la Ley 26/1984, de 19 de julio, general para la defensa de los consumidores y usuarios y artículo 3.3º.6 del Real decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria.

Sanción: 675 euros.

Pontevedra, 9 de septiembre de 2002.

Carmen Bianchi Valcarce

Delegada provincial de Pontevedra