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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 197 Viernes, 11 de octubre de 2002 Pág. 14.623

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

CÉDULA de 12 de septiembre de 2002, de la Subdirección General de Inspección de Transportes, por la que se notifican las resoluciones dictadas por infracción de la normativa vigente en materia de transportes terrestres, devueltas por el servicio de correos por resultar desconocidos sus destinatarios o bien porque intentada la notificación no se pudo practicar (expediente OU-00154-O-2002 y once más).

Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, cuyos datos y último domicilio conocido se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras dictadas por la directora general de Transportes, recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.

Se les hace saber que dichas resoluciones no agotan la vía administrativa, pudiendo interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente cédula. Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía procedente.

En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa, en el plazo de 15 días hábiles, mediante ingreso, que debe efectuar en cualquier oficina del BBVA, transacción 1316, NIF S1511001H, clave 390001, y, de no hacerlo así, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Para que conste, sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela, 12 de septiembre de 2002.

Carlos A. González Rodríguez

Subdirector general de Inspección de Transportes

ANEXO

-Expediente-Matrícula-Denunciante-Denunciado-Última dirección conocida-Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k.-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

impuesta

OU-00154-O-2002

M-0824-ZC

G.C. Tráfico

Link Servicios Logísticos, S.A.

Crta.. N.I., km 33.60

28750 San Agustín de Guadalix (Madrid)

No acreditar al conductor su relación laboral con la empresa, circula transportando productos alimenticios

16-10-2001; 4.50; A-52; 241

Art. 102.3º Ley 16/1987, art. 157 R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/19901.500 A
OU-00282-O-2002

M-0938-JF

G.C. Tráfico

Ttes. Hermanos Mosteiro Sánchez, S.L.

Benigno Vázquez, 21-2ºD

27560 Monterroso (Lugo)

Circular con un vehículo de 3ª categoría, transportando paquetería, no acreditando estar en posesión de la correspondiente tarjeta de transportes. Presenta un fax (no válido) de una solicitud de visado con registro de entrada en Lugo el 28-9-2000 para una MDP-N, con nº de autorización 5028088-0, ostenta distintivos MDP-nacional

26-10-2001; 2.10; A-52; 181

Art. 90 Ley 16/1987, art. 41 R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/19901.500 A
OU-02623-O-2001

V-9777-DD

G.C. Tráfico

Felipe Maestro Giménez

San Jorge los Naranjos, 28 B

46183 Eliana (Valencia)

Realizar un transporte discrecional de mercancías, careciendo de la correspondiente autorización administrativa (tarjeta de transportes). Transporta 3 furgonetas. Ostenta distintivos MDP de ámbito nacional

7-8-2001; 20.45; A-52; 217

O.M. 25 de ooctubre de 1990 (BOE del 30), art. 90 Ley 16/1987, art. 41 R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/19903.005,06 A

Precinto del vehículo por tres meses

OU-02655-O-2001

V-9777-DD

G.C. Tráfico

Felipe Maestro Giménez

San Jorge los Naranjos, 28 B

46183 Eliana (Valencia)

Realizar un transporte discrecional de mercancías careciendo de autorización administrativa. Ostenta distintivos MDP-N. Transporta 10 turismos Volkswagen

16-8-2001; 11.10; A-52; 202

O.M. 25 de octubre de 1990 (BOE del 30), art. 90 Ley 16/1987, art. 41 R.D. 1211/1990 Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/19903.005,06 A
OU-02701-O-2001

PO-9642-AT

G.C. Tráfico

Amistad de Vigo, S.L.

Zamora, 57

36203 Vigo (Pontevedra)

Transportar instrumentos musicales no llevando a bordo del vehículo certificado de contratación laboral

1-9-2001; 12.50; A-52; 143

Art. 102.3º Ley 16/1987, art. 157 R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/19901.502,53 A
PO-03024-O-2001

PO-4530-BK

G.C. Tráfico

Codisoil, S.A.

Cr. Redondela-Peinador, km 5

36800 Redondela (Pontevedra)

Circular transportando 10.400 litros de gasóleo clase 3-31 C ADR) ONU 30/1202 incumpliendo los grados de llenado de la cisterna depósito nº 1 5.310 capacidad real, pudiendo cargar 5.151 litros y transportando según carta de porte 5.200 litros. Depósito nº 2, 5.285 litros de capacidad real, pudiendo cargar 5.126 litros y transportando por carta de porte 5.200 litros

2-10-2001; 8.45; PO-410; 0,100

Art. 33.6º R.D. 2115/1998 de 2 de octubreArt. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/19901.500A
PO-03686-O-2001

C-2332-BM

G.C. Tráfico

Repsol Butano,S.A.

Avda. Alfereces provisionales-Bens, 5

150 A Coruña

Circular transportando 5.850 kg de propano perteneciente a la clase 2 apartado 2º F, del ADR, con carta de porte por la cual carece de los datos relativos al número ONU y número de peligro, siendo los mismos según paneles ONU 1965 y peligro 23, así como carece de la declaración por parte del expedidor conforme se admite al transporte por carretera, según ADR. Servicio público

11-9-2001; 9.25.08; N-550; 172,400

Art. 33.10º R.D. 2115/1998Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/19901.500 A
PO-04284-O-2001

PO-4619-AD

G.C. Tráfico

Ángel Pérez Lago

Ramón y Cajal Baro Laredo 1 Chapel, 15

36203 Chapela (San Fausto P.) Redondela (Pontevedra)

Transportar 16 bombonas de oxígeno (clase 2 gases comprimidos no inflamable, oxígeno gas comprimidos acta presión nº ONU 1072). Se considera mercancía peligrosa, no llevando a bordo los documentos de acompañamiento de la mercancía transportada (carta de porte). Servicio privado

13-11-2001; 10.10.01; A9; 137,500

Art. 33.10º R.D. 2115/1998Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/19901.500 A
XC-00072-O-2002

T-2245-AF

G.C. Tráfico

Transdogama, S.L.

Avda. aeropuerto Puxeiros, nave 118

36415 Mos (Pontevedra)

Realizar transporte público de mercancías desde Arteixo a Vigo, careciendo de tarjeta de transporte. Caducada la tarjeta desde 30-9-2000. Transporta un contenedor 17.000 kg.

9-8-2001; 11.10; N-550; 45,500

Art. 90 Ley 16/1987, art. 41 R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/19901.500 A
XC-00999-O-2002

LE-2440-Z

G.C. Tráfico

Fernando Mauriz García

Avda. Os Andes, 51, 3

24400 Ponferrada (León)

Realizar transporte fuera del radio de acción autorizado realiza un transporte de 12.000 kg, de vigas de hierro desde la localidad de Ponferrada hasta Narón. Carece de los distintivos de radio de acción.

5-11-2001; 12; A-9; 25

O.M. 25 de octubre de 1990, art. 90 Ley 16/1987, art. 200-3º R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/19901.590 A

XC-01987-O-2001

OU-0806-W

G.C. Tráfico

Industriais Químicas I.V.M., S.A.

Pol. San Cibrao, c/ 3-17

320 San Cibrao das Viñas (Ourense)

Circular transportando mercancía peligrosas en bultos (43 bidones de distinta capacidad y materiales), 1263, 3.5º C ADR, 1993 3.3º B ADR y 1263 3.5º B ADR, amparándose en una carta de porte cuyos datos non son completos, al faltar tanto en ella como en los albaranes la designación de la cantidad total de los productos que transporta

9-4-2001; 13.30; A-9; 25 F

Art. 33.10º R.D. 1211/1998Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/19901.502,53 A

-Expediente-Matrícula-Denunciante-Denunciado-Última dirección conocida-Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k.-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

impuesta

XC-02572-O-2001

C-5225-V

G.C. Tráfico

Grupo Gaper I, S.A.

Alcalde Pérez Arda, 49

158 A Coruña

Circular realizando un transporte de ganado vacuno, 11 vacas, en un vehículo no acondicionado para tal fin. Dichos animales eran trasladados en un camión de volquete para cantera, completamente pegados unos a otros, que apenas corría el aire entre ellos. Dicho vehículo carecía de una lona que los cubriera, sus cuerpos sobresalían de la parte alta de las balderas laterales

28-5-2001; 15.50; C-642; 20,800

Art. 141 b) Ley 16/1998 y 197 b) R.D. 1211/1990Art. 143 Ley 16/1987, art. 201 R.D. 1211/19901.388,34 A